El Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de Mendoza solicitó la cesantía de una agente pública, quien se desempeñaba en la Dirección de Atención a las Personas con Discapacidad. La medida se tomó tras comprobar que la empleada abandonó sus obligaciones laborales mediante ausencias injustificadas reiteradas.
La investigación interna confirmó que la trabajadora faltó cuatro días en diciembre de 2024, tres en enero de 2025 y ocho en febrero de ese mismo año.
Lejos de regularizar su situación, la falta de asistencia empeoró drásticamente en marzo, mes en el que solo se presentó a trabajar dos días, persistiendo en su ausencia durante abril. Debido a esto, el Estado le cortó el sueldo preventivamente en abril de 2025, y desde entonces la agente no volvió a prestar servicios.
Cesantía y notificación por edictos
Para los instructores del sumario, las ausencias superan ampliamente el límite legal establecido para aplicar la baja definitiva del empleo público.
Como la empleada tiene domicilio ignorado y los intentos anteriores para ubicarla personal y fallidamente fracasaron, el Ministerio dispuso que la notificación del proceso se realice mediante la publicación de edictos para avanzar formalmente con su expulsión.
