El Banco Central anunció una medida clave en medio del resurgimiento de los préstamos hipotecarios UVA.

La entidad dispuso quitar una norma que obligaba a los bancos a extender el plazo del crédito en el caso de que la evolución de la inflación supere a la de los salarios.

Ahora, estableció que los bancos “deberán poner especial atención a la relación cuota/ingreso” al momento de otorgar el crédito ante la eventualidad que la cuota de los créditos UVA crezca por encima de los sueldos.

Ese importante beneficio para créditos atados a la inflación ya no estará vigente para la nueva tanda de préstamos que los bancos lanzaron en las últimas semanas.

La norma obligaba a los bancos a ofrecer la extensión del “número de cuotas originalmente previstas cuando el importe de la cuota a pagar supere en 10% el valor de la cuota que resultaría de haber aplicado a ese préstamo un ajuste de capital por el Coeficiente de Variación de Salarios (“CVS”) desde su desembolso”.

Si la cuota calculada por inflación (UVA) superaba en un 10% a la cuota calculada por salarios (CVS), el tomador del préstamo podía alargar “hasta 25% el plazo original” del crédito.

Con este nuevo cambio, anunciado este jueves, el Banco Central mencionó que “al momento del otorgamiento de financiaciones a personas humanas, se deberá tener especial atención a la relación cuota/ingreso de manera de que el deudor pueda afrontar posibles incrementos en el importe de las cuotas sin afectar su capacidad de pago, teniendo en cuenta que sus ingresos pueden no seguir la evolución de la Unidad de Valor Adquisitivo actualizable por ‘CER’ (UVA).”

La razón del Banco Central para quitar esta protección obedece a los planes de securitización de las hipotecas en esta nueva etapa del crédito para la vivienda con garantía real.

Esa operación permite a los bancos salir al mercado con un título respaldado por el pago de los préstamos, para conseguir más fondeo y liquidez.

Para “titulizar” esas hipotecas es necesario estandarizarlas, algo que se vuelve complicado si los créditos cuentan con la opción de modificar el plazo o cambiar el modo de ajuste de las cuotas, del índice de inflación al de salarios.

El Central apunta a que existan otros mecanismos de cobertura y que cada banco pueda ofrecer (o no) su propio método de protección para quien contrata un préstamo para comprar su vivienda.

Y esa cobertura se volvería una condición comercial más, ya no será una obligación normativa.