Los vecinos del barrio Alta Urquiza, en Guaymallén, la vieron venir antes de la trágica muerte de Eric: “Hacemos responsables al Municipio y a todas sus autoridades intervinientes de todos los daños y perjuicios que se presenten ahora y en el futuro ya sean morales, psicológicos, descontrol emocional, materiales, desvalorización del valor de nuestras propiedades, de toda otra índole, etc. Por encontrar tantas irregularidades y haber sido tan ineficientes en su accionar, por haber permitido seguir construyendo y no haber clausurado de manera inmediata y definitiva todos estos ilícitos e irregularidades por fuera de la Ley, los cuales están a la vista de todos”.
El texto forma parte de una extensa presentación hecha el 13 de enero de 2021 y dirigida al titular de Obras Privadas de la comuna, Miguel Valentini. El reclamo estaba vinculado con las irregularidades detectadas una y otra vez en las obras desarrolladas por la empresa Idandi, propiedad de los hermanos Florentino y Onofre Paco, responsables de gran parte de los desarrollos de unidades habitacionales en la zona de los distritos de Villa Nueva y San Francisco del Monte.
El planteo vecinal, que fue parte de una denuncia penal que la Municipalidad presentó un año y medio de después, no era para nada amable con los funcionarios comunales. Lejos de eso, sugería que las inspecciones y las multas contra esta empresa era casi un acting, una simulación, y que, a la hora de los hechos, la gestión de Marcelino Iglesias no tomaba las decisiones para las cuales estaba facultado. Incluso, en un pasaje, sugieren que las notificaciones contra los hermanos Paco tenían errores en la dirección postal, como para dejarlas sin efecto.
Hartos de ver cómo Idandi se manejaba por afuera de la ley, y frustrados por los intentos para que desde el Ejecutivo departamental tomaran acciones más severas, decidieron formalizar ese descontento en una nota y presentarla oficialmente, con datos minuciosos y fotos de cada uno de los hechos denunciados.
Concretamente, una de las quejas endilgaba a la Municipalidad la falta de autoridad para hacer valer su rol de contralor, el poder policía y su función como órgano de aplicación de la ley provincial 8051, de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo.
“Siempre y en todos los casos, la Autoridad de Aplicación deberá imponer como accesoria a la multa la paralización de las obras o actividades en infracción, mandar a destruir o a restituir los bienes y las cosas a su estado original y obras de mitigación de impactos producidos en el entorno de la misma a costa del infractor, suspender y/o 34 clausurar, y/o secuestrar preventivamente y/o decomisar los elementos utilizados en la comisión de la infracción de acuerdo a lo establecido en el Art. 38 de la Ley 5961”, reza el artículo 67 de norma local, precisamente, en el Capítulo 11, donde se especifica el régimen de penalidades.
En otras palabras, pedían que dejaran de insistir con las multas y los apercibimientos y demolieran las obras que habían sido levantadas a la sombra de la ilegalidad.
Desde la Comuna optaron por otro camino. Decidieron hacer una denuncia penal el 25 de julio de 2022. La presentación cayó en la fiscalía Correccional a cargo de Juan Carlos Alessandra. Poco más de un mes después, el 1 de septiembre, la causa fue archivada.
“Éste Ministerio Público advierte que el hecho denunciado no constituye delito”, determinó el fiscal. ¿Por qué? Básicamente, se trató de cuestiones de forma, y algo de fondo.
El abogado Armando Chalabe, apoderado de la Municipalidad, expuso la necesidad de investigar el delito de desobediencia, entendiendo que, tras ser notificados una y otra vez, en Idandi hacían caso omiso y continuaban con las obras.
Sin embargo, para Alessandra la cosa no estaba del todo claro. Y lo especificó en su fallo: “Para la consumación del delito de Desobediencia a la Autoridad resulta necesaria la existencia de una orden clara y concreta destinada a una persona o individuos determinados, requisito que además de establecer el momento de la acción típica en una circunstancia posterior a la de la materialización de la orden, conlleva la exigencia de ser conocida por quien es objeto de la misma”. Y eso, según fiscal, no había ocurrido: “No resulta suficiente para subsumir la conducta en el delito de Desobediencia a la Autoridad que se acredite que la notificación ha sido practicada, sino que es preciso que de ella haya tenido conocimiento el destinatario a su debido tiempo”.
En este punto, la opinión del fiscal se asemeja a las sospechas de los vecinos del barrio Alta Urquiza. Y para diferentes funcionarios judiciales, la denuncia hecha por el municipio constituye en sí una suerte de confesión de que existían herramientas para ponerle un coto a los hermanos Paco, pero hubo funcionarios que no supieron o no quisieron hacerlo.
