El Juzgado Federal N°2 de Formosa, a cargo de la jueza Belén López Macé, resolvió que en 72 horas, Formosa deberá adaptar su sistema de ingreso para todas las personas al territorio nacional como lo establece el nuevo decreto presidencial (DNU N° 168/21) como el resto de las jurisdicciones.

El fallo implica un revés para la política sanitaria impuesta por el gobierno de Gildo Insfrán, que había dispuesto que las personas que ingresaran a la provincia sean trasladados a centros de aislamiento.

La decisión de retomar la fase más restrictiva del aislamiento luego de que se detectaran 17 positivos en la capital provincial provocó la primera manifestación masiva contra el mandatario en 25 años.

López Macé hizo lugar al habeas corpus colectivo presentado por los senadores Luis Naidenof y Martín Hernández. La norma indica que las provincias podrán disponer del aislamiento a toda persona que ingrese al territorio siempre que revistan casos sospechosos, casos confirmados, contactos estrechos de algún caso positivo confirmado. De no tener ninguna de estas características, las personas no están obligadas a realizar cuarentena y deben poder ingresar y circular libremente.

Además, haciendo mención al colectivo de personas que ingresó  a la provincia y conforme lo establecido por el DNU 125/21, anterior al actual DNU 168/21; quienes están cumpliendo su cuarentena, la provincia deberá corroborar que éstas cumplan con los parámetros anteriormente nombrados y especificados por el nuevo DNU, o de lo contrario, su aislamiento deberá cesar de forma inmediata.

Otra situación que resuelve el caso es de una ciudadana que, por estar cumpliendo el aislamiento domiciliario, no puede aplicarse la dosis de la vacuna contra el COVID que le correspondería este 20 de marzo; por lo que el fallo también conmina a la provincia a realizar lo necesario para que la ciudadana en cuestión, pueda ser inoculada.