La Justicia cordobesa determinó que los padres de un chico menor de edad deberán indemnizar los perjuicios generados por su hijo cuando manejaba una camioneta a alta velocidad en Villa Carlos Paz, pese a que el joven contaba entonces con un carnet de conductor habilitante.
La decisión fue adoptada por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de 4ª Nominación de la ciudad de Córdoba, que rechazó la tesis formuladas por los padres según la cual la habilitación concedida por el Estado para conducir (a un adolescente mayor de 16 años), los exoneraba de responsabilidad.
“No comparto ese modo de ver las cosas, pues sería muy fácil para los padres eludir la responsabilidad que les compete por los daños que cometiera su hijo, con el sólo hecho de autorizarlo a que obtenga el carnet de conductor, en desmedro de los derechos de las potenciales víctimas”, argumentó el vocal Raúl Fernández.
El camarista, a cuyo voto se adhirieron sus pares (Miguel Bustos Argañarás y Cristina González de la Vega), agregó que la legislación provincial, para el otorgamiento de la licencia de conductor a menores, exige la autorización de los representantes legales y hasta prevé la posibilidad de retractación, con efecto anulatorio del carnet.
“Todo esto pone en evidencia la intención del legislador -en similar sentido al de la ley nacional- de mantener la exigencia de control paterno sobre la actividad de un hijo al volante”, esgrimieron los camaristas.
No obstante, el tribunal destacó que las circunstancias que rodearon el hecho llevaban a “disminuir la responsabilidad de los demandados” (el entonces menor y los padres de este).
El origen de la causa se remonta al 24 de septiembre de 2006, cuando a las 7 de la madrugada, tras salir del boliche “Molino Rojo”, en Carlos Paz, el menor, luego demandado (cuyos datos personales no fueron suministrados), se ofreció a transportar a otros jóvenes, cuatro de los cuales iban en la caja de una camioneta, según la resolución conocida hoy.
La Cámara concluyó que, pese a que los otros jóvenes le pedían que fuera más despacio, quedó demostrado que “el conductor llegó al lugar del impacto a alta velocidad”, a raíz de lo cual “pegó contra el cordón de la vereda y tumbó”, hecho en virtud del cual murió uno de los adolescentes que iba en la caja.
Como consecuencia del hecho, la familia de la víctima (el nombre no fue difundido) demandó al conductor y a la familia de este último, quienes ahora deberán pagar 141.508 pesos (más una tasa de interés equivalente a la pasiva promedio, con más el 2% nominal mensual, hasta el efectivo pago), en concepto de indemnización por los daños y perjuicios causados.
Si bien en primera instancia el Juez en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Villa Carlos Paz había hecho lugar a la demanda y había fijado la indemnización en 176.885 pesos, la Cámara la redujo en un 20 por ciento.
“Si la víctima aceptó ser transportada en la caja de la ‘pick up’, ello involucró el conocimiento de un peligro potencial derivado de la situación de desprotección que tal habitáculo ofrecía”, expresó el tribunal, que distribuyó responsabilidades y endilgó “el 20 por ciento a la víctima y el resto a los obligados legalmente”.
La causa llegó a la Cámara a raíz de los recursos de apelación promovidos por todas las partes contra la sentencia de primera instancia.
