La Suprema Corte de Justicia de Mendoza fijó un criterio que podría cambiar de manera sustancial el destino de la causa por la muerte de Alan Villouta y dejar sin efecto el reciente sobreseimiento de César Alejandro Verdenelli, quien había sido condenado por el accidente fatal ocurrido en agosto del 2017.
El máximo tribunal resolvió, en plenario de sus siete integrantes, desde qué momento debe comenzar a computarse el plazo de prescripción de una pena cuando la sentencia condenatoria es sometida a distintas instancias de revisión. La decisión se produjo a partir de un planteo que el Ministerio Público Fiscal había realizado en mayo del 2023 en el caso López/Agüero y que permanecía sin resolución.
Caso Alan Villouta: sobreseyeron a Alejandro Verdenelli porque prescribió la causa
A casi nueve años del accidente que terminó con la vida del joven mozo Alan Villouta cuando cruzaba el Acceso Sur a fines de agosto del 2017, la Justicia de Mendoza dictó el sobreseimiento definitivo del conductor que lo embistió, César…
La Procuración General pidió que ese expediente fuera tratado antes de avanzar con el recurso de casación que se prepara por el caso Villouta, tal como anticiparon a los padres del chico en una reunión que mantuvo el jefe de los fiscales, Alejandro Gullé.
El objetivo era que la Corte fijara un criterio claro sobre el momento en que comienza a correr la prescripción, justamente uno de los puntos centrales que permitió el sobreseimiento de Verdenelli. La votación terminó con una mayoría de cuatro ministros, dos votos con una postura parecida y una tercera opinión pero en la misma sintonía.
Dalmiro Garay, María Teresa Day, Julio Ramón Gómez y Norma Llatser entendieron que el plazo de prescripción de la pena debe comenzar a computarse a partir del momento en que la Suprema Corte rechaza el recurso extraordinario federal (REF). Notificado el abogado defensor del rechazo del REF, en ese momento se considera firme, detallaron fuentes tribunalicias a este diario.
Además, el voto de mayoría destacó que no hace falta la notificación personal y puede ser electrónica.
En el expediente Villouta, la Corte provincial rechazó el recurso el 13 de abril de este año. Por lo tanto, bajo el criterio adoptado por la mayoría del máximo tribunal local, el plazo no habría comenzado a correr en abril del 2020, como entendieron los jueces que sobreseyeron a Verdenelli.
La diferencia es determinante. La condena que recibió Verdenelli fue dictada en abril del 2020 y estableció tres años de prisión en suspenso y ocho años de inhabilitación para conducir. El delito por el que fue condenado tenía una pena máxima de seis años y ese plazo fue utilizado como referencia para declarar la prescripción.
El Tribunal Penal Colegiado N° 2, integrado por Mauricio Juan, Horacio Cadile y Federico Martínez, consideró que el último acto con capacidad para interrumpir la prescripción había sido precisamente aquella sentencia condenatoria. En consecuencia, entendió que el plazo de seis años había transcurrido y que la acción penal estaba extinguida.
Ese razonamiento es el que ahora queda directamente cuestionado por el criterio fijado por la Suprema Corte.
Los ministros Garay, Day, Gómez y Llatser sostuvieron que la firmeza de la sentencia no puede ubicarse antes de que se agoten las vías recursivas que pueden impedir la ejecución de la condena. Por esa razón, si la defensa utilizó la vía extraordinaria federal, el plazo debe comenzar cuando la Corte provincial rechaza el recurso.

La resolución establece que una sentencia condenatoria puede considerarse firme cuando vencen los plazos para recurrir sin que se haya presentado una impugnación, cuando el condenado renuncia expresamente a recurrir, cuando el tribunal revisor rechaza el recurso y confirma la condena o cuando, tras una revisión parcial, queda una condena que ya no puede ser cuestionada mediante una vía con efecto suspensivo, sostuvieron fuentes judiciales a El Sol, tal como se desprende del fallo.
Los otros tres ministros plantearon posiciones diferentes. José Valerio y Mario Adaro consideraron que el plazo debe computarse desde la notificación al abogado defensor del rechazo de la casación. Es decir, ubicaron el inicio de la prescripción en una instancia anterior a la establecida por la mayoría. En el caso Villouta, hubiese sido, por ejemplo, el 12 de febrero de este año.
Omar Palermo, en tanto, sostuvo una tercera posición y entendió que el plazo debía comenzar a partir del rechazo de la queja federal, el último de los pasos en un caso local.
El pronunciamiento tiene especial importancia para el expediente Villouta porque la discusión sobre el momento en que comenzó a correr la prescripción fue precisamente la base utilizada para sobreseer a Verdenelli.
El sobreseimiento que encendió la discusión
A casi nueve años del accidente que terminó con la vida del joven, la Justicia de Mendoza había declarado extinguida la causa contra el empresario y dejado sin efecto la condena que había recibido en el 2020.
Villouta tenía 21 años cuando murió durante la madrugada del 26 de agosto del 2017. El joven caminaba junto a sus amigos por las inmediaciones de La Barraca, en la lateral Este del Acceso Sur, en Guaymallén, cuando intentó cruzar la ruta y fue atropellado.
El vehículo era un Porsche Cayenne conducido por Verdenelli. De acuerdo con la investigación, después del impacto el conductor continuó su marcha sin detenerse para asistir al joven.
Villouta murió prácticamente en el acto. Su muerte provocó una fuerte reacción de familiares, amigos y organizaciones que durante años reclamaron justicia y medidas para evitar nuevos accidentes en ese sector del Acceso Sur.
En abril del 2020, Verdenelli fue condenado a tres años de prisión en suspenso y a ocho años de inhabilitación para conducir. La sentencia fue posteriormente sometida a distintas instancias de revisión hasta llegar a la discusión sobre su firmeza y la prescripción de la pena.
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Los padres de Alan Villouta, el joven que murió atropellado en 2017 en el Acceso Sur, fueron recibidos por el gobernador Alfredo Cornejo luego de la fuerte polémica que generó el reciente sobreseimiento de Alejandro Verdenelli, el empresario que conducía la…
El planteo que terminó con el sobreseimiento definitivo sostuvo que el plazo de prescripción debía contarse desde la condena. Con ese cálculo, el período de seis años previsto para la prescripción se encontraba cumplido. La resolución de la Suprema Corte modifica ahora el punto de partida.
Si el criterio de la mayoría es aplicado al expediente Villouta, el plazo comenzaría a contarse desde el pasado 12 de febrero, cuando la Corte rechazó el recurso federal. De esa manera, no se habría cumplido el período de prescripción utilizado para disponer el sobreseimiento.
Ese es el motivo por el cual la resolución del máximo tribunal cambiaría el escenario judicial de Verdenelli. La Procuración pretende utilizar este nuevo criterio en el recurso de casación que será presentado contra la decisión que declaró prescripta la causa, que estará firmado principalmente por Fernando Guzzo, el jefe de la Unidad Fiscal de Homicidios.
