En Mendoza, el sistema del Jury de Enjuiciamiento ha funcionado muy pocas veces y siempre lo ha hecho envuelto en polémicas por las decisiones tomadas por sus miembros y otros aspectos que forman parte del trabajo de esta comisión.
De hecho, en las últimas semanas, el mecanismo de funcionamiento de estos tribunales volvió a estar en la mirada de la sociedad, luego de que sus miembros rechazaran el pedido de juicio contra la jueza Susana Barrigón, en un caso en el cual la política y la polémica fueron de la mano desde el primer momento y en el que es un secreto a voces, según afirman en la Legislatura, que existieron llamados desde Buenos Aires para inclinar la balanza a favor de la magistrada que había llevado el caso de la muerte de Teodoro Calisaya a manos del sobrino de la diputada nacional por el justicialismo Patricia Fadel.
La situación derivó en que se denunciaran ciertas irregularidades sobre el funcionamiento del Jury y sus mecanismos y en que un grupo de legisladores comenzara a trabajar sobre una serie de modificaciones que se deberían implementar mediante una reforma de la Constitución provincial.
ARTÍCULO INCONSTITUCIONAL. Son legisladores de Consenso Federal los que en los próximos días intentarán avanzar sobre un proyecto que propone realizar varios cambios a la ley 4.970, que regula los procesos de enjuiciamiento de magistrados. Uno de los problemas que tiene esta ley, según el diputado Luis Petri, es que establece un procedimiento que es inconstitucional.
Este procedimiento figura en el artículo 19 de la ley y afirma que, una vez presentada la denuncia, el presidente del Jury deberá llamar a una sesión secreta “que tendrá por objeto examinar sobre la procedencia formal de la acusación, debiendo decidir por votación nominal admitirla o desestimarla”.
Justamente, este procedimiento, según el legislador, es inconstitucional, ya que en ningún momento la Constitución provincial menciona este aspecto. Según Petri, este artículo, además, obliga a hacer dos votaciones: por un lado, por la admisión formal de la acusación y, por otro, para decidir avanzar sobre el proceso del Jury y llegar hasta la instancia final, en la cual se debe decidir si se lo remueve al acusado o no.
MECANISMOS POLÉMICOS. Otro de los puntos polémicos que siempre han formado parte de la discusión sobre la comisión del Jury es sobre el número amplio de personas que la componen. Actualmente son 21 los miembros, de los cuales siete son provenientes del Poder Judicial y el resto son diputados y senadores divididos en igual cantidad de personas.
Para Petri, este número es demasiado amplio y se debería achicar, ya que nunca una persona común es juzgada por esa cantidad de personas. Pero, además, la forma en que está regulado el funcionamiento de la comisión obliga a que las denuncias sean admitidas sólo si están a favor la mitad más uno de los miembros totales, sin importar cuántos estén presentes al momento de la votación. Esto puede crear muchos problemas.
Por ejemplo, en el juicio contra Barrigón, la magistrada sumó 10 votos en contra y seis a favor, pero no se pudo avanzar sobre la causa porque la acusación no había sumado la mitad más uno de los votos. Otro problema que fue evidencia en este caso fue el de las notificaciones. Según algunos legisladores, el conflicto ocurre porque sólo se notifica a los miembros titulares de la comisión. Y, si estos no pueden ir, rara vez los suplentes se enteran que deben remplazarlos.
Esto fue lo que ocurrió con los diputados Santiago Cazzoli y Daniel Cassia. El primero debía asistir pero, al ser suplente, se enteró de la sesión al otro día por los diarios, mientras que el segundo se encontraba en Buenos Aires y su suplente nunca se enteró que debía asistir en su lugar. Para solucionar este problema, se intentará modificar el sistema de notificaciones, haciendo que sea por cédula y a todos los miembros, de manera de asegurar que estén todos los miembros.
SANCIONES INTERMEDIAS. Otro punto que los legisladores que responden al vicepresidente Julio Cobos intentarán modificar es el de las dos opciones de veredictos que puede elegir el Jury cuando el proceso llega a la etapa final. Actualmente, el veredicto puede ser que el funcionario sea absuelto de toda acusación o que sea removido de su cargo. Sin embargo, se intentará buscar que también haya soluciones intermedias, dependiendo del caso.
Entre ellas podría aparecer la figura de suspensión por un tiempo fijado por los miembros de la comisión en su veredicto a la hora de decidir sobre el futuro del funcionario cuestionado.
SIN FISCAL. El proyecto que busca elaborar la bancada cobista también menciona otro aspecto que cambiaría el mecanismo del Jury. Actualmente, el procurador general actúa como parte acusadora, pero sólo lo hace en la etapa final del procedimiento, es decir, una vez que el Jury ya aprobó someter a juicio al funcionario.
Para Petri, este punto tendría que cambiar. Por un lado, se debería introducir la figura del acusador también en la etapa previa, para que este defienda la acusación ante los miembros de la comisión y no que sean estos quienes la defiendan o la ataquen y después decidan si deben aceptar la acusación o desestimarla.
Por otro lado, la idea es que el procurador sea remplazado por el Concejo de la Magistratura. La propuesta sería que este organismo sumase las capacidades de elaborar las ternas de jueces que juzgue a los magistrados inferiores y que sea el que defienda la acusación, es decir, que puede hacer lo mismo que su par nacional, que tiene esas facultades. Además, se está analizando si debe ser el mismo Concejo el que admita la acusación o si se mantiene a la Comisión a cargo de esta tarea.
REFORMA CONSTITUCIONAL.Uno de los problemas que deberá enfrentar el cobismo es que para realizar parte de las modificaciones deberá luchar por una reforma de la Constitución, ya que sólo de esa forma se puede modificar la cantidad de miembros que componen la comisión, como así también permitir el ingreso del Concejo de la Magistratura como parte acusadora.
Por otro lado, los cambios en el sistema de notificaciones no requerirían una medida de ese tenor. También en ese sentido, Petri explicó que lo que se debería hacer es respetar la Constitución y no realizar votaciones de más, como lo establece el artículo 19 de la ley, ya que hacerlo es ir contra la Carta Magna provincial.
