El Gobierno promulgó la ley que suspende la ejecución de sentencias sobre deudas hipotecarias de aquellas personas inscriptas en un registro creado por el Ejecutivo, junto con el Movimiento de Defensa de la Vivienda Familiar y la Comisión de Seguimiento de Deudores Hipotecarios.

La novedad se dio a conocer a través del decreto 2809 del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, publicado este jueves en el Boletín Oficial.

La iniciativa impulsada por la vicegobernadora Hebe Casado, busca darle una solución a aquellos deudores alcanzados por el artículo dos de la ley 8182.

Este punto señala que “la norma comprende a los deudores hipotecarios inscriptos en el Registro elaborado por el Poder Ejecutivo, el Movimiento de Defensa de la Vivienda Familiar y la Comisión de Seguimiento de Deudores Hipotecarios creada por Decreto N° 689/05, el cual abarca a los deudores de los ex Bancos de Mendoza y de Previsión Social cuyos mutuos se hallen en poder de Seguro de Depósito S.A. (SEDESA), y a todos los deudores del sistema financiero y/o privados, que se encuentren comprendidos en el mismo, según lo establecido en la Ley 8.005, que precede a la presente”.

La medida responde a una problemática que se originó tras la crisis del 2001. Durante ese período, numerosos titulares de hipotecas para viviendas únicas familiares quedaron imposibilitados de cumplir con sus obligaciones debido al colapso económico. Desde 2013, los créditos relacionados pasaron a ser administrados por el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV).

Entre los puntos destacados de la norma, se establece que los beneficiarios no estarán obligados a realizar trámites administrativos ante el Poder Ejecutivo o Judicial mientras este último avance con las gestiones correspondientes a la ley.

Además, la falta de trámites no podrá ser considerada como abuso o dilatación durante el tratamiento de las causas judiciales.