Julissa nació ayer en el Hospital Paroissien, Maipú. La niña es la séptima hija mujer del matrimonio que conforman Julio Vargas y Claudia Fernández y, por ese motivo, como marca la tradición y la ley, la presidenta de la Nación, Cristina Kirchner, deberá ser su madrina. Julio es albañil y Claudia es ama de casa. Ellos, como sus otras hijas, esperaban su primer hijo varón, pero llegó Julissa, e igual todo es felicidad para esta familia de Guaymallén. Mariana (19 años), Johana (16), Claudia (14), Érica (12), Marisol (9) y Ruth (4) son las otras hijas del matrimonio. “Hasta acá llegamos, hablamos con nuestro papá y le pedimos que cerraran la fábrica”, dijo, entre risas, la mayor de ellas, que es estudiante universitaria.

El resto de la chicas va a la escuela, y el padre está resignado. “Llego a casa y no me dejan ver los partidos, todo son novelas”, aseguró el hombre, hincha de Godoy Cruz Antonio Tomba. Por su parte, la mamá afirmó que ya no buscarán el hijo varón y se entusiasmó con la idea de que la presidenta sea la madrina de Julissa. “Vendría de diez, pensaba que la tradición sólo era para los siete varones”, dijo a Canal 9 Televida, ayer al mediodía. Y agregó: “Cualquier ayuda viene bien, porque todas están estudiando y se pone medio difícil”.

PADRINAZGO PRESIDENCIAL. La ley 20.8431 garantiza el padrinazgo del presidente de la Nación en funciones al momento del nacimiento del séptimo hijo varón o la séptima hija mujer de una prole del mismo sexo. La leyenda marca que el séptimo hijo varón es hombre lobo de una familia y la séptima hija mujer es bruja. Así, en la Rusia zarista de Catalina la Grande se otorgaba el padrinazgo imperial, que daba una protección mágica contra estos males y evitaba que los niños fueran abandonados.

En 1907, Enrique Brost y Apolonia Holmann, una pareja rusa que se había radicado en Argentina, dieron a luz a José Brost, su séptimo hijo varón, y enviaron una carta al presidente José Figueroa Alcorta para que lo apadrinara. Allí comenzó la tradición que, además, le otorga al ahijado una beca asistencial para contribuir con su educación y alimentación. El 28 de setiembre de 1974, María Estela Martínez de Perón convierte esta tradición en ley. La norma establece el otorgamiento de becas de estudio a las personas que hayan sido apadrinadas por el titular del Poder Ejecutivo Nacional. El beneficio consta de un aporte económico anual para los ahijados presidenciales, sin límite de edad, que estén cursando sus estudios en cualquiera de los niveles del sistema educativo nacional.