La recategorización semestral del Monotributo vence este miércoles. Sin embargo, la Asociación Monotributistas Asociados República Argentina (MARA) solicitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) que extienda el plazo hasta el 10 de agosto, al considerar que los contribuyentes dispusieron de menos tiempo para cumplir con el trámite debido a inconvenientes en el sistema.

La presentación fue realizada por la presidenta de la entidad, Noelia Villafañe, mediante una nota dirigida al director ejecutivo de ARCA, Juan Pazo. En el escrito, la asociación sostuvo que el organismo demoró la actualización de las categorías y la habilitación del sistema, lo que redujo el plazo efectivo para realizar la recategorización.

“Antes de la modificación del artículo 52 por la Ley de Medidas Fiscales Paliativas, las recategorizaciones se realizaban del 1 al 20 de enero y del 1 al 20 de julio. Luego pasaron a efectuarse entre el 15 de enero y el 5 de febrero, y entre el 15 de julio y el 5 de agosto, porque era necesario esperar la publicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC)”, explicó Villafañe a El Sol.

La dirigente señaló que este año el índice correspondiente ya estaba disponible cuando debía iniciarse el proceso y cuestionó la demora en la puesta en marcha del sistema.

“El IPC ya estaba publicado el 15 de enero, por lo que no entendemos por qué no se actualizaron las categorías ni se habilitó el sistema en ese momento. Durante ese período nadie pudo recategorizarse porque el sistema no funcionaba”, afirmó.

En la nota presentada ante ARCA, MARA argumentó que el sistema web no estuvo operativo durante parte del período previsto para realizar el trámite, lo que privó a los contribuyentes de varios días para cumplir con la obligación.

Además, sostuvo que esa situación puede ser verificada por el propio organismo mediante los registros internos del sistema.

Hasta el momento, ARCA mantiene como fecha límite para la recategorización el 5 de agosto y no informó si hará lugar al pedido de prórroga.

Qué tener en cuenta al momento de recategorizarse

Desde MARA también recordaron algunos aspectos que los contribuyentes deben revisar antes de confirmar la categoría:

  • La recategorización es semestral, pero se analizan los parámetros de los últimos doce meses. En esta oportunidad debe evaluarse el período comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026.
  • Al calcular la facturación deben descontarse las notas de crédito emitidas.
  • También deben revisarse otros parámetros, como el monto de los alquileres, la superficie afectada a la actividad y el consumo de energía eléctrica.
  • Es importante verificar que los ingresos declarados sean compatibles con los consumos realizados con tarjetas de crédito y débito, compras en moneda extranjera, movimientos bancarios y de billeteras virtuales, así como con la adquisición de vehículos u otros bienes registrables.
  • Además, aconsejan revisar los comprobantes recibidos desde la sección “Mis Comprobantes” de ARCA para detectar facturas que no correspondan. Según explicaron, existen casos en los que empresas utilizan CUIT de terceros para emitir comprobantes, lo que puede generar inconsistencias y derivar en una recategorización incorrecta.