El Poder Ejecutivo de Mendoza, a través de un nuevo decreto publicado este jueves en el Boletín Oficial, tomó cartas en el asunto para subsanar un punto débil en la estructura de la Comisión Valuadora General de la Provincia, crucial para el proceso transaccional de reclamos judiciales y extrajudiciales instituido por la Ley N° 9234.

Esta Comisión Valuadora es un organismo creado por el Gobierno Provincial con el objetivo de realizar las valuaciones oficiales de distintos bienes y derechos. Actúa en casos de indemnizaciones por expropiaciones o en la valuación de otros bienes y derechos.

Está compuesta por tres salas: la Primera se encarga de la valuación de bienes inmuebles; la Segunda, de la valuación de los derechos que no sean inmuebles y, la Tercera, atiende los casos de interés público.

Foco en la operatividad

El principal problema detectado giraba en torno a la Sala Tercera de la Comisión. Específicamente, la Dirección General de Presupuesto, unidad responsable de designar al representante del Ministerio de Hacienda y Finanzas, se encontraba con una escasez de personal que impedía asegurar un integrante permanente. Como resultado, esta silla ha tenido una alta rotación y actualmente estaba vacante.

Para proteger el “ritmo y eficiencia” del procedimiento, el Gobierno decidió:

  • Ampliación de candidatos: se extiende la posibilidad de designar al representante del Ministerio de Hacienda y Finanzas a cualquier agente o funcionario que cumpla funciones en el ámbito de dicho Ministerio, y no solo a personal de la Dirección General de Presupuesto.
  • Quórum reducido: se dispuso que la Sala Tercera podrá sesionar de manera válida e independiente con la presencia de tan solo dos de sus miembros. Esto elimina la dependencia de la presencia del Presidente de la Comisión Valuadora (o su suplente) para tomar decisiones y avanzar en los expedientes.

Impacto de la reforma

Estas modificaciones buscan desburocratizar y asegurar la continuidad del proceso de conciliación establecido en la Ley N° 9234, un mecanismo que ha arrojado “excelentes resultados” en la eficiencia de los reclamos.

La reforma garantiza que la ausencia o rotación de un funcionario no paralice el trabajo esencial de la Sala, optimizando así los tiempos de respuesta del Estado provincial.