Con la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, una norma que había quedado paralizada desde fines de 2025 por la falta de financiamiento, desde el sector en Mendoza advirtieron que los efectos reales recién podrán evaluarse a largo plazo. Incluso, advirtieron sobre los cambios en las pensiones y alertaron también sobre cómo serán los controles.
“Tenemos que ver cómo va a impactar en los prestadores y en las personas con discapacidad. Ver si, en realidad, mejorarán los valores, los tiempos de pago y si se reducen los retrasos. ”, coincidieron especialistas por El Sol.
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La Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), la sede de ese organismo en Mendoza, había sido desguazada y en la actualidad hay una sola persona atendiendo las consultas de los beneficiarios de las pensiones. Esto debido al escándalo por presuntas coimas vinculado a la entidad.
Andis tenía bajo su órbita las pensiones no contributivas por invalidez laboral y es la segunda caja más grande del gobierno nacional.
Un nuevo esquema de pensiones
Uno de los ejes centrales de la reglamentación es la creación del nuevo régimen de Pensión No Contributiva por Discapacidad para la Protección Social, que introduce cambios:
- Conversión automática de las pensiones otorgadas antes de la vigencia de la ley, previa verificación administrativa.
- Compatibilidad con el empleo, permitiendo que la persona pueda trabajar sin perder el beneficio, siempre que no supere dos percepciones de un salario mínimo, vital y móvil.
- Auditorías periódicas, a cargo de la Secretaría Nacional de Discapacidad, que deberá presentar un plan de control en un plazo de 30 días.
Desde el sector reconocieron que la conversión de las pensiones aporta una “previsibilidad transitoria”, pero también incorpora un esquema de revisión intensiva que generó preocupación.
Para Juan Carlos González, titular de la Defensoría de las Personas con Discapacidad, la reglamentación debe leerse con cautela.
“Hay que entender que la ley fue emitida no porque el gobierno nacional tuviera la decisión de proteger nuestros derechos, sino en un contexto de lucha. Por eso se debe analizar con cuidado la letra chica de los artículos”, sostuvo.
El especialista remarcó dos puntos centrales: el sistema de prestaciones y la situación de los prestadores. “La ley contempla la regularización de pagos, pero estamos hablando de un sistema extremadamente complejo, que incluye obras sociales, el sistema de redistribución y salud”, explicó González.
Uno de los cambios más valorados es la compatibilidad entre pensión y trabajo.
“A diferencia del esquema anterior, que era totalmente incompatible, ahora una persona puede trabajar y mantener la pensión si no supera los dos salarios mínimos”, destacó.
Con la anterior ley, se percibía como algo “inconstitucional” que una persona que cobraba una pensión con discapacidad pudiera desarrollarse en un trabajo. Por lo cual, según González, se “ataba” a quienes, teniendo un ingreso bajo, anhelaban la posibilidad de sumar un nuevo ingreso.
Prestadores al límite
Desde Capredis, entidad que nuclea prestadores, valoraron que la reglamentación evita un colapso inmediato, pero alertaron que no resuelve el problema estructural del sistema.
“El alivio fiscal es parcial y tardío. Sin actualización real de aranceles y sin un esquema previsible de financiamiento, las instituciones siguen operando al límite”, advirtieron. De acuerdo con las fuentes consultadas, la emergencia no puede sostenerse solo con medidas transitorias si no hay una política de fondo.
“Un salvavidas en medio de un ahogamiento”
La mirada provincial sumó un nivel extra de preocupación. Mónica Bascuñán, del Observatorio de Discapacidad de Mendoza, describió la ley como un recurso extremo.
“La ley de emergencia viene a cumplir un rol de salvavidas ante un ahogamiento tremendo que vive el sector en todo el país. En Mendoza estamos ante un retroceso muy grave”, afirmó en diálogo con El Sol.
Bascuñán aclaró que la situación local es compleja, con una Defensoría de las Personas con Discapacidad que sigue funcionando de manera irregular, y remarcó la importancia simbólica y política del cambio en la denominación de las pensiones.
“Dejar de hablar de pensiones por invalidez y pasar a pensiones por discapacidad es fundamental. Las personas con discapacidad no somos inválidas. Volver a asociar discapacidad con invalidez o enfermedad es un retroceso que no se puede permitir”, subrayó.
Sin embargo, también advirtió contradicciones en la implementación: “Es muy difícil aplicar esta ley cuando la Agencia Nacional de Discapacidad fue cerrada, desmantelada, bajada de categoría y puesta bajo intervención. Hay artículos que todavía no se entienden”.
Para los expertos, la reglamentación introduce herramientas importantes, pero también más controles, obligaciones y riesgo de exclusión burocrática, especialmente para personas y familias que ya enfrentan múltiples barreras.
El cálculo de la pensiones
La pensión por discapacidad en 2026 se calcula como el 70% del haber mínimo jubilatorio y se actualiza de manera periódica a través del esquema de movilidad mensual.
El beneficio, por su parte, no puede combinarse con otras prestaciones previsionales del Estado, como jubilaciones o pensiones similares, aunque sí es compatible con determinados beneficios familiares, siempre que se cumplan las condiciones establecidas por la normativa vigente.
Durante enero de 2026, la pensión registró un incremento del 2,5%, en sintonía con el mecanismo de actualización que toma como referencia la inflación medida por el INDEC.
Con esta suba, el haber mensual pasó de $238.615,71 a $244.509,52. A ese importe se sumó el bono extraordinario de $70.000, que continúa vigente según lo previsto en el Presupuesto 2026, por lo que el monto total percibido por los beneficiarios en enero alcanzó los $314.509,52.
