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La Suprema Corte de Justicia resolvió a favor de L’Oréal Argentina S.A. en dos causas donde la compañía enfrentó a la Municipalidad de Godoy Cruz por el cobro de Derechos de Publicidad y Propaganda (DPP).

Los fallos, dictados los días 23 y 26 de septiembre de 2025, ordenaron anular las resoluciones municipales que determinaban supuestas deudas por los períodos 2015 y 2016-2018.

El reclamo de L’Oréal

La empresa sostuvo que nunca tuvo locales ni actividad comercial directa en Godoy Cruz y que las actas usadas para cobrarle la tasa se labraron sin notificación ni posibilidad de defensa.

Afirmó que el municipio le adjudicó publicidad en vidrieras de terceros, que no se le permitió ver las pruebas y que las resoluciones carecieron de fundamentación.

También planteó la inconstitucionalidad del cobro por superponerse con impuestos nacionales y por aplicarse a publicidades interiores, que el propio Código Tributario Municipal considera exentas.

La defensa del municipio

La comuna argumentó que actuó dentro de la ley y que los relevamientos fueron realizados por la empresa Semcor S.A., contratada para verificar cartelería comercial.

Sostuvo que las actas eran válidas y que las liquidaciones solo reflejaban hechos imponibles ya configurados, por lo que el cobro era legítimo.

El fallo de la Corte

La Sala de Competencia Originaria, integrada por José Valerio, María Teresa Day y Dalmiro Garay Cuelli, entendió lo contrario.

El Tribunal concluyó que Godoy Cruz violó el derecho de defensa de la empresa, porque no le notificó las actas de relevamiento ni los antecedentes que sirvieron para dictar las resoluciones.

Concluyó que los actos municipales carecieron de motivación suficiente y que el procedimiento fue nulo de pleno derecho, por lo que las resoluciones impugnadas quedaron sin efecto.

La Corte no declaró inconstitucional el tributo en sí, pero dejó claro que los municipios deben garantizar la transparencia y el debido proceso al aplicar los DPP.

Además, advirtió que no basta con detectar un cartel para generar una deuda, sino que el contribuyente debe ser informado y tener oportunidad real de ejercer su defensa.

Impacto del caso

Con este fallo, L’Oréal logró frenar el cobro y fijó un precedente que limita los mecanismos recaudatorios de los gobiernos locales.

La sentencia obliga a rever los procedimientos de determinación de oficio y marca un estándar para futuras causas donde las comunas pretendan cobrar tasas publicitarias a empresas sin sede en el departamento.