La jueza Dolores Ramón, del Juzgado Penal Colegiado N°1, se inhibió en la causa que tiene como protagonistas a Daniel Orozco y Janina Ortíz, quienes recientemente se declararon culpables de los delitos que se le atribuyen a cambio de no cumplir una pena con prisión efectiva. La magistrada tomó la decisión “a fin de resguardar la garantía de imparcialidad“ por el hecho de haber sobreseído previamente a seis exfuncionarios lasherinos que estaban imputados bajo una calificación menor y que terminaron abonando una suma millonaria para quedar desligados completamente.

“Habiendo emitido opinión y pronunciamiento, debo excusarme de continuar entendiendo en la presente causa y acumuladas en razón de que la dicha resolución implicó una valoración de todo el material probatorio reunido”, señaló Ramón en un escrito al que accedió El Sol.

“Entiendo que mi intervención pone en riesgo la garantía del juez imparcial dado que la valoración allí efectuada impedirá conocer y entender la cuestión de manera inédita y original“, indicó.

Ahora se deberá sortear un nuevo juez. En principio, el acuerdo entre la Fiscalía y los acusados no se modificaría, aunque el nuevo magistrado tiene la potestad de intervenir llegado el caso.

Días atrás, el exintendente de Las Heras, Daniel Orozco, y la exsecretaria de Gobierno de esa comuna, Janina Ortiz, pusieron a disposición de la fiscalía de Delitos Económicos las condenas que solicitaron en el marco de la declaración de culpabilidad por la causa “Cooperativa Fantasma“.

Ambos están imputados por peculado doloso, acusados de desviar 35 millones de pesos de la Municipalidad.  La causa tiene como imputado también por el mismo delito a Osvaldo Oyhenart, exsubsecretario de Políticas Sociales de la comuna, y a otros funcionarios en calidad de partícipes necesarios.

En el caso de Daniel Orozco, la defensa solicitó en el marco de esta negociación una condena a 2 años de prisión no efectiva (no iría a la cárcel) por el delito de peculado doloso, más la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

En el caso de Janina Ortiz, el pedido fue de 3 años de prisión no efectiva, más la inhabilitación perpetua. La situación de la dirigente se agrava porque, en el marco de la investigación en este caso, se desprendió una imputación por amenazas coactivas. Este expediente también había sido elevado juicio este martes. Entonces, la exfuncionaria lasherina recibiría una condena unificada por ambas causas.

El caso

Se investiga la transferencias de fondos públicos desde la Municipalidad de Las Heras hacia la cooperativa Manos a la Obra. A Orozco y Ortiz les atribuyen cuatro hechos de desvío de fondos desde el año 2021 al 2023. Según la elevación a juicio, tenían la “finalidad de obtener dinero público de la Municipalidad de Las Heras con un claro perjuicio para el patrimonio municipal“. El caso se hizo público en el marco de la campaña electoral de 2023, a partir de unos audios atribuidos a Oyhenart, en donde se lo escucha dar detalles de cómo era la operación.

Los otros funcionarios sobre los cuales pesa la elevación a juicio como partícipes necesarios son Hernán Mostaccio (jefe de Licencias de Conducir y secretario de Modernización), Juan Pablo Pandolfi (agente contratado por la Municipalidad y yerno de Oyhenart) y Daniel Herrera (contador). También Adrián Pérez, quien era empleado municipal y titular de la cooperativa.

Las seis personas que Ramón sobreseyó

Un grupo de involucrados zafó -a través de un pago- con la calificación de peculado culposo: Mauro Homan (director de Asuntos Legales), Mauricio Valle (exdirector de Compras), Diego Tolin (exsubdirector de Contaduría), Leandro Tassi (director de Contaduría), Patricia Díaz (extesorera) y Carlos Nofal (exsecretario de Hacienda).

A estos funcionarios públicos del ente municipal se les atribuye haber permitido la concreción de los hechos dolosos “actuando por negligencia y/o por inobservancia de los reglamentos o deberes de su cargo”, al no cumplir con el deber legal y funcional de control que les era impuesto. La Fiscalía subraya que su rol fue de “concreta e individualizada facilitación culposa a la realización dolosa de los hechos”.

La documentación deja por sentado que todos abonaron en total $62 millones de pesos, acreditados el 5 de noviembre de 2025 y en concepto de pago del mínimo de la multa. Sucede que, al ser peculado culposo, no tienen pena de prisión ni inhabilitación para cargos. El Juzgado Penal Colegiado ratificó que no fueran a juicio.