El Gobierno de Mendoza encara una reforma de leyes que tienen como objetivo recuperar las viviendas del IPV que fueron adjudicadas a personas que no están cumpliendo con sus obligaciones, principalmente de pago. Para eso, presentó un proyecto de ley en la Legislatura con varias modificaciones vinculadas a la titularización de las casas y el proceso para el desalojo.
El objetivo es poner el foco sobre las viviendas que fueron creadas con los fondos del IPV a través de sus distintos programas, para garantizar, por un parte, el recupero del dinero y, por otra, la posibilidad de brindar soluciones a más familias que lo demandan.
Gustavo Cantero, titular del IPV, contó a El Sol que la mayoría de las viviendas que están en esta situación son las que tienen mora, en algunos casos de hasta 5 años. “El proceso inicia con la tercera cuota impaga pero los procesos administrativos son de larga data. Esto viene desde hace muchos años cuando no importaba el recupero porque los fondos venían de Nación. Cuando dejaron de enviar tuvimos que empezar a trabajar con lo nuestro“, señaló.

“Va a servir para que la gente sepa que el Estado actúa con fuerza y si no cumplís con lo que tenés que cumplir, te vamos a sacar la casa“, agregó.
El recupero como principal objetivo
El proyecto entiende que el sistema de vivienda social se sustenta en el cumplimiento recíproco de obligaciones. Mientras el Estado debe facilitar el acceso a la vivienda, el beneficiario asume el compromiso de pago y su ocupación efectiva. Son estos dos puntos los que generan más tensiones en el sistema.
Por un lado, la mora en los pagos de las cuotas. Cantero señaló que el 30% de las viviendas están en situación de mora. Es decir, 3 de cada 10 personas no pagan su casa. Sin embargo, en dinero, el número es menor. En abril, el IPV facturó 2.300 millones de pesos, pero recaudó 1.942 millones de pesos. Es decir, el 84% del recupero.

Sucede que la gente que no paga generalmente es la que tiene una cuota más baja. En el programa IPV Mi Casa (las cuotas más caras) pagan entre el 80% y 90% de las familias y aportan el 95% de la recaudación. En los programas sociales paga solo el 30% de las familias y el 70% está en mora, aunque representan menor porcentaje en la recaudación.
Cantero contó que al asumir habían cuotas de 30 pesos y que eso obligó a un proceso de regulación con “índices lógicos” como el Coeficiente de Valorización Salarial. “Los números son razonables, las cuotas van desde los 60.000 pesos hasta los 600.000 pesos“, señaló.
“El IPV tiene flexibilidad. Si no podés pagar se hace un nuevo pan de tabla. El objetivo es detectar los casos de la gente que no quiere pagar y se aprovecha de la situación“, señaló Cantero.
El uso social y las “avivadas”
El IPV también se refirió a otros casos en los que se desnaturaliza el uso social de la herramienta. Está relacionada a los casos de irregularidades en los que las personas que resultan adjudicadas terminan no ocupando la vivienda. Se producen en distintas modalidades, ya sea el abandono mismo del hogar, una cesión irregular a un tercero o bien el cobro ilegal de alquiler, que están por fuera de la reglamentación.

Uno de los casos que expuso el IPV para demostrar el uso indebido de las viviendas en los procesos de desadjudicación fue el de una vivienda del complejo de Eusebio Blanco de Ciudad. Fue adjudicada en 2019, pero la titular no la ocupaba y los vecinos denunciaron que era destinada al alquiler permanente y temporario. El IPV reconoció que como parte de la prueba se encontró una publicación del inmueble en las plataformas digitales de alquiler temporario turístico. Luego los vecinos expresaron que la mujer la cedió de manera permanente a una inquilina. Su explicación al organismo fue que era una persona de confianza que circulaba frecuentemente por la vivienda pero no convenció.
Otro caso surgió de una denuncia de sus vecinos del complejo. Se trata de una pareja que logró la adjudicación de una vivienda pero no la ocupaban. Los inspectores del IPV constataron esto en varias oportunidades y con esa información lograron dar con el registro de titularidad de otro inmueble en Maipú por parte de esa pareja, con indicios de residencia. Ambas son de las tipologías con cuotas más altas del IPV que estaban al día, pero igualmente dispusieron la desadjudicación.
“El IPV está para hacer casas sociales para la gente que realmente está en estado de vulnerabilidad. Por la coyuntura lo ampliamos a la clase media pero detectar estos casos golpea en el corazón de la política habitacional“, agregó Cantero.
Cuáles son los cambios
El proyecto de ley plantea una serie de reformas que impactan en la agilización de los procesos legales para la desadjudicación y para facilitar los desalojos en estos casos.
Por un lado, pretende incorporar un texto al Artículo 232 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza (Ley N° 9001), que habilite en el análisis pormenorizado de aquellos casos de restitución de inmuebles por desadjudicación, que emita administrativamente el IPV. Le dotaría al organismo de una vía procesal más ágil.

Esto, principalmente porque se elimina la necesidad de homologación judicial al acto administrativo del IPV para desadjudicar. La órdenes de desalojo del IPV pueden ser tramitadas directamente por la Justicia de Paz Letrada, que reconocen como el tribunal con mayor proximidad territorial. “Los abogados saben que si llevan la instancia a la Corte pueden demorar el desalojo, pero ahora, con los cambios, si mi resolución cumple con los requisitos administrativos, voy a la Justicia, el juez de Paz dicta el desalojo y lo podemos hacer efectivo”.
El otro eje central de las modificaciones gira en torno a la Ley N°4203, en cuyo texto (Artículo 17) se habilita al IPV a solicitar el “auxilio de fuerza pública” para hacer cumplir la entrega de una vivienda tras la adjudicación o para desalojar a personas que estuviesen ocupando la casa de manera irregular. Pero no hace mención a la posibilidad de solicitar el “auxilio de la fuerza pública” para desalojar a personas que ya resultaron adjudicadas por un programa y fueron desadjudicadas por alguna razón. EL cambio facilita el desalojo.
“Hay todo un proceso administrativo con plazos legales. No vamos a desalojarte a la tercera cuota impaga. Pero al menos con esta herramienta una vez que nosotros hacemos una resolución de desadjudicación, vamos a la Justicia y calculamos que en seis meses podemos recuperar la casa. De la otra manera es imposible, eterno“, concluyó Cantero.
