Alejandro Gullé.
Alejandro Gullé.

El Ministerio Público aconsejó rechazar un recurso extraordinario provincial que presentó la comunidad mapuche Lof El Sosneado, quienes afirman ser dueños de miles de hectáreas en San Rafael.

El lof había presentado su rechazo al dictamen de la Segunda Cámara de Apelaciones en lo Civil, donde se les negaba la posesión ancestral de esas tierras en el sur provincial y se reconocía que los terrenos pertenecían a la empresa Sominar SA.

La Procuración argumentó que los arrendatarios de los predios no han podido acreditar la posesión “tradicional, actual y pública, ni que el territorio se encuentre dentro del relevamiento técnico catastral informado por el INAI (Instituto Nacional de Asuntos Indígenas) correspondiente al pueblo Mapuche, por lo que debía revocarse la suspensión de la ejecución de la sentencia”.

Además, el dictamen que firmó el fiscal Sebastián Capizzi, hace mención a que “si bien la parte quejosa ha tachado de arbitraria a la resolución en crisis, no ha evidenciado, fehaciente ni suficientemente, la configuración concreta, acabada y certera de su planteo. En realidad, discrepa, o disiente, con las conclusiones a las que arribó la Cámara en su sentencia cuestionada, donde aquella afirmó, congruente y razonablemente, y fundada en las pruebas rendidas”.

En concreto, la disputa judicial se da entre Nilda Edith Verón y la empresa mencionada anteriormente. La mujer es la que realizó el reclamo de las tierras al considerar que han sido propiedad de su familia, aunque la Justicia comprobó que las hectáreas pertenecen a la firma.

Tras este dictamen, la palabra final la tendrá la Sala I de la Suprema Corte que deberá expedirse al respecto.