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Mendoza reglamentó un Régimen de Adecuación Simplificada para proyectos de cannabis medicinal que ya operan en el sector con permisos nacionales. El objetivo es incorporar de manera progresiva, segura y ordenada a productores e investigadores al marco normativo provincial, sin interrumpir las actividades existentes.

El Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial -que es el organismo de aplicación- fijó controles estrictos: inspecciones, reportes obligatorios, trazabilidad y un plazo máximo de doce meses para completar la transición hacia los estándares provinciales.

Este régimen, de carácter voluntario y transitorio, está destinado a dos grupos clave que ya desarrollan actividades en Mendoza:

  1. Titulares de autorizaciones Inase (Categorías “A” y “H”): quienes realicen actividades de fitomejoramiento vegetal y cultivo en condiciones controladas, siempre que acrediten domicilio legal y efectiva radicación y actividades previas en la provincia.
  2. Proyectos de investigación (Ley N° 27.350): personas que integren proyectos de investigación y desarrollo aprobados por el Programa Nacional para el Estudio del Cannabis Medicinal.

Los interesados deben cursar la solicitud ante el Registro Provincial de Cannabis y Cáñamo de Mendoza dentro de un plazo de seis (6) meses desde la entrada en vigencia de la resolución.

Requisitos clave y plazos

Para acceder al certificado de adecuación simplificado, los solicitantes deberán presentar documentación legal y técnica, siendo el requisito central un Plan de Adecuación Progresiva.

Este plan debe detallar:

  • Cronograma de cumplimiento gradual de las exigencias técnicas, sanitarias y de trazabilidad provinciales.
  • Croquis de las superficies afectadas a cada actividad.
  • Estrategias de transición productiva y tecnológica.

El certificado de adecuación tendrá una vigencia de doce meses, renovable por un período idéntico. Durante este lapso, los inscriptos podrán continuar con sus operaciones a nivel nacional, pero bajo la supervisión y control periódico del Registro Provincial.

Una medida transitoria

La resolución subraya que el régimen es excepcional y los sujetos alcanzados deben, dentro de esos 12 meses, presentar su solicitud para obtener los permisos definitivos (establecidos en el Decreto Reglamentario N° 1928/2025), bajo apercibimiento de perder el certificado simplificado.

El nuevo esquema busca dar certeza jurídica a los actores, armonizar la normativa nacional y provincial, y asegurar que la cadena productiva del cannabis medicinal y cáñamo industrial se desarrolle con los más altos estándares de calidad y trazabilidad en Mendoza.

Procedimiento para la solicitud de permisos