Mendoza reglamentó un Régimen de Adecuación Simplificada para proyectos de cannabis medicinal que ya operan en el sector con permisos nacionales. El objetivo es incorporar de manera progresiva, segura y ordenada a productores e investigadores al marco normativo provincial, sin interrumpir las actividades existentes.
El Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial -que es el organismo de aplicación- fijó controles estrictos: inspecciones, reportes obligatorios, trazabilidad y un plazo máximo de doce meses para completar la transición hacia los estándares provinciales.
Este régimen, de carácter voluntario y transitorio, está destinado a dos grupos clave que ya desarrollan actividades en Mendoza:
- Titulares de autorizaciones Inase (Categorías “A” y “H”): quienes realicen actividades de fitomejoramiento vegetal y cultivo en condiciones controladas, siempre que acrediten domicilio legal y efectiva radicación y actividades previas en la provincia.
- Proyectos de investigación (Ley N° 27.350): personas que integren proyectos de investigación y desarrollo aprobados por el Programa Nacional para el Estudio del Cannabis Medicinal.
Los interesados deben cursar la solicitud ante el Registro Provincial de Cannabis y Cáñamo de Mendoza dentro de un plazo de seis (6) meses desde la entrada en vigencia de la resolución.
Requisitos clave y plazos
Para acceder al certificado de adecuación simplificado, los solicitantes deberán presentar documentación legal y técnica, siendo el requisito central un Plan de Adecuación Progresiva.
Este plan debe detallar:
- Cronograma de cumplimiento gradual de las exigencias técnicas, sanitarias y de trazabilidad provinciales.
- Croquis de las superficies afectadas a cada actividad.
- Estrategias de transición productiva y tecnológica.
El certificado de adecuación tendrá una vigencia de doce meses, renovable por un período idéntico. Durante este lapso, los inscriptos podrán continuar con sus operaciones a nivel nacional, pero bajo la supervisión y control periódico del Registro Provincial.
Una medida transitoria
La resolución subraya que el régimen es excepcional y los sujetos alcanzados deben, dentro de esos 12 meses, presentar su solicitud para obtener los permisos definitivos (establecidos en el Decreto Reglamentario N° 1928/2025), bajo apercibimiento de perder el certificado simplificado.
El nuevo esquema busca dar certeza jurídica a los actores, armonizar la normativa nacional y provincial, y asegurar que la cadena productiva del cannabis medicinal y cáñamo industrial se desarrolle con los más altos estándares de calidad y trazabilidad en Mendoza.
