El Senado de Mendoza cumplió este miércoles con la audiencia pública obligatoria para cubrir el puesto de tres fiscalías. Aunque se trata de un trámite formal, estos cargos en concurso para designar nuevos miembros en el Poder Judicial suelen pasar desapercibidos, salvo que en este caso se avanzó con el pliego de un magistrado denunciado en 2020 por haber insultado a una abogada en una sesión virtual con una famosa frase: “La tenés adentro“.

El señalado es Fernando Martín Castro, fiscal de instrucción de General Alvear que concursa para quedarse con ese cargo en el departamento sureño. Su situación es conocida porque desató un escándalo en la Justicia: al término de una audiencia virtual por el caso de un policía acusado de abuso, fue denunciado por haber realizado esa expresión contra la abogada defensora Carina Oliva.

Este es el momento que quedó grabado en la transmisión y que motivó presentaciones judiciales:

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Este miércoles por la mañana la Cámara Alta dio por formalizado el requisito de la audiencia pública, el ámbito institucional por el que los cargos con rango constitucional puede recibir sus adhesiones o impugnaciones, a la vez que los postulantes pueden ejercer el derecho de la réplica. En el caso de Castro, tuvo 261 avales y una sola objeción.

A pesar de la trascendencia pública del caso, Castro pasó el filtro sin mayores problemas. “Hace 11 años que estoy en el Ministerio Público Fiscal, siempre tuve el compromiso de estar en esta institución, compromiso de Justicia y la importancia que tiene que tener para la sociedad el derecho de las víctimas. Hace tres años que estoy en General Alvear, me he desempeñado en todas las instancias. Entiendo que tengo la capacidad y experiencia para asumir esta función y para la administración de Justicia”, aseguró el candidato.

La única impugnación que tuvo el candidato a fiscal de instrucción de Alvear quedó invalidada. Según explicó el senador radical Marcelo Rubio, que presidió la audiencia, el reglamento establece que las adhesiones e impugnaciones sean presentadas de manera personal y con fundamento por mesa de entradas de la cámara. Esta única objeción contra Castro fue enviada por correo electrónico, explicó Rubio, por lo que no cumplía con los requisitos.

Rubio detalló que “en cada uno de los pliegos, el reglamento establece en su artículo 34 los plazos -siete días desde la comunicación- y además el conocimiento público de que se hace a través de los edictos para presentar este tipo de oposiciones y de adhesiones. Cumplido ese período, queda practicamente terminada la situación“, y agregó que en la audiencia solamente pueden tomar el uso de la palabra aquellas personas que hicieron las presentaciones tanto a favor como en contra.

“Si es una impugnacion, deben ir fundadas las razones en la cual la persona se ha visto efectada, siendo que la audiencia no es vinculante pero sí es un medio de expresión publico”, explicó el legislador que preside la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales.

El senador radical sostuvo que la denuncia contra Castro “no me consta, nadie lo hizo saber en el periodo correspondiente”. El trámite de aprobación de los pliegos para cargos constitucionales exige el cumplimiento de varios requisitos, entre ellos, el certificado de antecedentes penales -o de buena conducta-, certificado de incapacidad legal, se verifica si es deudor de alimentos o si hay constancia de que haya obstaculizado lazos familiares, además de presentar su declaración jurada de bienes.

La abogada Oliva llevó primera su presentación contra el fiscal a la Justicia, pero fue desestimada y archivada en diferentes instancias. También llevó el caso al INADI. Todavía el fallo del organismo nacional contra la discriminación está pendiente, aunque se trata de un hecho ocurrido hace más de un año.

Una resolución del INADI tiene su efecto, su sentido“, explicó Rubio en relación al peso de un potencial fallo. “Y ahí habra que ver qué decisión toman quienes tienen la responsabilidad de emitir su voto y aprobar el pliego“, concluyó.

La sesión de acuerdos para la aprobación del pliego de Castro se realizará el martes de la semana que viene y, como es costumbre, será a puertas cerradas. Sin mayores objeciones, es casi un hecho que Castro sea avalado por los senadores.

El caso

El caso ocurrió en abril de 2020, plena cuarentena, cuando la Justicia provincial se manejaba con audiencias virtuales que quedaban grabadas, situación que hizo posible que el insulto del funcionario judicial hacia la abogada Carina Oliva se convirtiera en prueba. En esa instancia, se trataba un caso no menor: se definía en una audiencia de control jurisdiccional si un policía acusado por el abuso del hijo de su pareja, ocurrido en 2019, podía quedar en libertad o seguir en prisión domiciliaria.

Esa audiencia duró unas 48 horas y concluyó cuando el juez Claudio Gil le negó al uniformado el beneficio. Pero al momento del cierre, quedó registrado en el minuto 40.04 el insulto del fiscal de instrucción hacia la abogada del policía.

Para la abogada, constituyó un insulto dirigido hacia ella en “una actitud machista” por parte del fiscal. En su descargo, Castro adujo que el “LTA” que profirió “no fueron más que una expresión realizada en el ámbito de su privacidad y en la creencia de que ya se había desactivado completamente la aplicación, asegurando que de ninguna manera fueron dirigidas a los letrados”. Incluso, Castro también señaló en su descargo que se comunicó con el otro abogado defensor, Gustavo Nedic, para aclarar la situación y pedir las disculpas correspondientes, pero siempre asegurando que “no mantiene animadversión” hacia los denunciantes. En este punto, Castro aduce que el insulto no fue para Oliva sino para Nedic.

Con todo, el caso derivó en un escándalo judicial con denuncias en ámbitos formales. La primera, en el fuero penal por incumplimiento de los deberes de funcionario público y abso de autoridad. Sin embargo, la presentación fue desestimada por la Justicia de Alvear, ya que en primer lugar la primera jueza se apartó por ser amiga de Castro y luego el caso fue archivado por la fiscal Penal de Menores, María Edit Borgna, quien consideró que no había delito alguno en el exabrupto del fiscal.

Y por último, Castro también fue denunciado en el Inadi porque Oliva consideró que el actuar del fiscal era una “clara violencia institucional de género“, según lo determina la Ley Micaela -27.499-.

La situación también llegó a manos del Procurador General de la Corte, Alejandro Gullé. El jefe de los fiscales mendocinos resolvió realizar un llamado de atención a Castro y se lo intimó a realizar una capacitación de la Ley Micaela. Posteriormente, el funcionario judicial acreditó haber hecho y aprobado el curso. 

Para Gullé, la expresión de Castro “resulta inadecuada” por su investidura, ya que no es “la imagen que debe proyectar un fiscal de la Provincia, debiendo mantener la seriedad y respeto suficientes para evitar situaciones como las que originaron estos autos”.

La medida disciplinaria ordenada por Gullé fue para la abogada Oliva “una tomada de pelo“, porque “se sigue apañando personal que no se encuentra capacitado ni en lo profesional ni en lo humano, para desempeñar tan especial y exclusivo cargo”, según se puede leer en su contestación.

A su vez, Oliva refuta la argumentación del fiscal denunciado, al señalar que “no se encontraba en un ámbito privado, ya que el sistema de grabación de audiencias penales, continuaba grabando, y Castro no dejó de ser Fiscal a los tres o cinco segundos que se despide el Juez“.