Este martes se convitió en ley la modificación al Código Contravencional que incluye una sanción de entre 15 y 30 días de arresto a quienes organicen o alojen reuniones clandestinas mientras dure la emergencia por la pandemia de coronavirus.

La sanción final se aprobó en el Senado con 22 votos afirmativos, 3 negativos y 13 abstenciones.

En caso de que se reunan personas sin respetar los decretos que rigen a nivel nacional y provincial durante la cuarentena, también se podrá reemplazar el arresto con entre 60 y 80 días de trabajo comunitario.

En caso de reincidencia la sanción se elevará al doble de su mínimo y máximo.

La senadora Mercedes Rus (UCR) indicó que la contravención “tiene un ámbito de aplicación temporal, es transitoria”, por lo que perderá vigencia una vez que termine la emergencia.

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“Mendoza venía más de una semana sin positivos y luego tuvo casos constantes de COVID 19. Evidentemente, las normas no han sido eficaces; el gobernador quiere lograr un efecto disuasorio mayor”, agregó Rus, resaltando que eso se lograría con una contravención al tener una sanción “de aplicación más inmediata”.

“Es preocupante”

Quien se refirió a las objeciones de la oposición fue el senador Alejandro Abraham (PJ-FdT), al señalar principalmente que el Artículo 205 del Código Penal sanciona a quienes violan reglamentos destinados a evitar epidemias o que con sus actos las propaguen.

“Es preocupante, cuanto menos. Es un problema jodido cómo aplicarla. El juez de faltas no tiene facultades para un allanamiento. ¿Cómo sé si estoy sancionando al dueño de casa o al hijo u otro inquilino? ¿Los policías se quedan afuera esperando que termine la reunión? ¿El juez de faltas delega al enterarse o lo sigue?”, cuestionó Abraham.

Juntadas “problemáticas”

El proyecto se anunció luego de que se generara un foco de contagios en Luzuriaga, Maipú, por el festejo en el que participó el “caso 98” y que despertó la indignación del gobernador Rodolfo Suarez al trascender que “hasta compartieron cerveza del pico”.

Ahora el Código Contravencional incluirá la figura de “incumplimiento de normativa de emergencia en materia sanitaria”, declarada a nivel nacional por la pandemia de COVID 19.

Entre la serie de eventos en Mendoza que impulsaron esta decisión también figura, según los fundamentos de la iniciativa aprobada, la autorización de reuniones familiares, el permiso para reunirse con amigos, “ciertos incumplimientos” que incrementaron el riesgo de propagación del coronavirus, y el retroceso en la flexibilización de las reuniones.

“Resulta necesario contar con una herramienta jurídica idónea para sancionar a quienes incumplen la normativa dispuesta por la autoridad provincial en materia de reuniones, imponiendo una sanción ejemplificadora a quien de manera irresponsable pone en peligro a la sociedad toda, no solo por la posible propagación del COVID 19, sino también con la consecuente limitación a las actividades que han sido habilitadas”, expresó el gobernador en la normativa.