La Unidad de Información Financiera sancionó a Godoy Cruz Antonio Tomba por incumplir con la ley que previene el lavado de dinero. Entre otras infracciones, los hechos sancionados se relacionan con la transferencia de jugadores y la falta de conservación de documentos en operaciones, según se informó oficialmente. 

Al constatar siete cargos en infracción con la ley N° 25.246 -que penaliza el encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo-, la UIF dispuso multar a tanto a la comisión directiva como al club bodeguero por un total que supera el medio millón de pesos.

Según la resolución oficial, la investigación se inició el 16 de julio de 2013 en un procedimiento de supervisión y la primera visita a las instalaciones se efectuó el 27 de agosto de ese mismo año.

En cuanto a las transferencias, el organismo de control detectó incumplimientos vinculados a la política de identificación y conocimiento del cliente, en cuanto a los requisitos para las personas humanas, pero también sobre las personas jurídicas. El club posteriormente suministró la información faltante.   

A la par de la instrucción, desde el club contrataron a un estudio contable para realizar una auditoría externa, una medida que para la UIF no fue suficiente puesto que la normativa establece que este tipo de controles deben ser internos. 

Además, la UIF cuestionó que faltó documentación que respaldara las capacitaciones obligatorias que deben realizar los clubes para prevenir el lavado de dinero. 

Así, aplicó $234.460 a los miembros de la comisión que ejercieron funciones en el período 2008/2012 -en ese caso, presidida por Rodolfo Contreras-; otros $55.540 a los miembros que ejercieron funciones en el período 2013/2017 -con José Mansur a la cabeza-, y, por último, impuso una multa de $290.000 al club. Pero también en el listado figura Carlos Suraci, que actualmente es el presidente de la Liga Mendocina de Fútbol.

Las irregularidades que detectó el organismo de control fueron la falta de realización de un plan de auditorías; la falta de realización de un programa de capacitación; la falta de documentación respaldatoria de operaciones y determinación del perfil de sus clientes personas humanas; la falta de declaración jurada y cláusula de conocimiento de la Resolución UIF N° 32/2012 por parte de sus clientes que a su vez sean Sujetos Obligados ante la UIF; la falta de documentación respaldatoria de operaciones y determinación del perfil de sus clientes personas jurídicas; la falta de identificación de personas expuestas políticamente (PEP); y, por último, el incumplimiento a la obligación de consulta de listados de terroristas y/u organizaciones terroristas.

Fuentes del club que milita en el primer nivel del fútbol argentino explicaron que “no hay ningún lavado de dinero” y que las sanciones son por “incumplimientos formales” y de carácter “administrativo” relacionadas a la prevención de estos ilícitos. 

El Sol intentó comunicarse con el actual presidente de Godoy Cruz, José Mansur, pero no logró encontrarlo.

Esta es la resolución de la UIF: