El gobierno nacional debe decidir en los próximos días si durante 2018 habrá feriados puentes o no. La fecha límite para firmar el decreto que establece los fines de semana largos con fines turísticos es el próximo sábado 11 de noviembre y si hasta ese momento no hay definiciones de la Casa Rosada, el próximo año no se aplicarán.
Los feriados puente fueron aprobados por ley, pero su uso es optativo. La norma indica que pueden ser entre uno y tres y el Ejecutivo nacional deberá establecerlos con 50 días de antelación a la finalización del año calendario. Por eso el decreto debería estar fechado el día 11 y publicado en el Boletín Oficial del día lunes 13, a más tardar. Si no hay una resolución para esa fecha, no habrá feriados puente en 2018.
En el capítulo sobre fines de semanas largos, la ley aprobada por el Congreso y promulgada en octubre pasado por la Casa Rosada se indica que “el Poder Ejecutivo Nacional podrá… fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes” y tendrán que ser establecidos “con una antelación de 50 días a la finalización del año calendario”.
Según publica el diario Clarín, la decisión sobre el tema está en la oficina Legal y Técnica y aún no trascendió.
Una de las alternativas que se analizan es utilizar esta ley para definir no sólo los feriados de 2018, sino de al menos dos años, con la idea de darle previsibilidad a los calendarios de días laborables y también a los operadores turísticos que apuntan a tener picos de ventas en estas fechas.
Si el Poder Ejecutivo Nacional hiciera uso de la posibilidad que le da la nueva Ley de establecer hasta tres feriados adicionales para lunes o viernes podría generar tres nuevos fines de semana largos.
Otra opción es que el Ejecutivo establezca fines de semana extralargos al establecer esos nuevos feriados de lunes o viernes en días previos o posteriores a feriados que caen martes o jueves.
Para 2018, entonces, las opciones de feriados extralargos serían dos:
– Si se declarara feriado el lunes 30 de abril se formaría un fin de semana extralargo con el martes 1 de mayo.
– Si se declarara feriado el lunes 24 de diciembre se formaría un fin de semana extralargo con el martes 25 de diciembre.
Feriados confirmados
Los feriados inamovibles de 2018 son el 1° de enero (Año Nuevo); lunes y martes de Carnaval; 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia); Viernes Santo; 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas); 1° de mayo (Día del Trabajo); 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo); 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano); 9 de julio (Día de la Independencia); 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María) y 25 de diciembre (Navidad).
En tanto, establece como feriados nacionales trasladables el 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes); 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín); 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural) y 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional).
