La jueza civil Fabiana Martinelli dictaminó este jueves que los suscriptores de planes de ahorro deberán presentar una “acción colectiva”, que incluya a todas las marcas de vehículos.
A esta resolución deberán acogerse, aquellos contratistas de planes de autoahorro que hayan celebrado convenios con las firmas:
- FCA SA de ahorro para fines determinados y Fiat Chrysler Argentina SA.
- Círculo de Inversores SA de ahorro para fines determinados y PSA Group
- Toyota plan argentina SA de ahorro para fines determinados y Toyota Argentina SA
- Plan Rombo SA de ahorro para fines determinados y Renault Argentina SA
- Chevrolet SA de ahorro para fines determinados y General Motors de Argentina SRL
- Plan Ovalo SA de ahorro para fines determinados y Ford Argentina SCA
- Interplan SA de ahorro para fines determinados y Chery Socma Argentina SA.
La norma también establece que las concesionarias deberán abstenerse de realizar actos de ejecución por mora en las cuotas anteriores a la resolución dictada, hasta tanto se lleve a cabo la audiencia inicial de conciliación de las partes y el programa de producción de pruebas.
Audiencia explicativa
Martinelli, a cargo del Tribunal de Gestión Judicial Asociada N°1, encaberzará una audiencia explicativa el próximo 26 de junio que se transmitirá por videoconferencia a través de SijumTV, el canal del Poder Judicial en YouTube.
Por otro lado, la magistrada estableció que corresponde delimitar a los contratantes de planes de ahorro que se encuentran abonando cuotas del plan suscripto, a los deudores prendarios a quienes se les entregó el bien y se encuentra amortizado el objeto o en etapa de ejecución y aquellos que dejaron de abonar el plan por el aumento de las cuotas y que tengan domicilio real en la provincia de Mendoza.
En efecto, la abogada Mariela González es quien deberá ejercer la representación del colectivo, ya que es quien viene representado al mayor número de demandantes.
Además, la jueza ordenó el desglose de todas las presentaciones y actuaciones consecuentes en la primera causa contra Volkswagen -de la que también había dispuesto una acción colectiva- relativas al incumplimiento de la medida precautoria oportunamente dictada.
De esta manera se iniciará una pieza diferente, paralela, que se caratulará: Autos N° 13-04869849-7/3, “Aciar, Edgardo Exequiel c/ Volkswagen SA de ahorro para fines determinados p/ proceso de consumo p/ cumplimiento/incumplimiento medida cautelar”.
Esto último se debe a la gran cantidad de personas que aseguran que la empresa no cumplió con la medida cautelar dictada por la jueza Martinelli en la que establecía una regulación de cuotas hasta que se definiera la cuestión de fondo y hubiese sentencia.
