Por unanimidad, el Senado dio media sanción al proyecto para poner límites al pago del adicional por antigüedad de los jueces y funcionarios constitucionales. La iniciativa, que fue enviada a la Legislatura por el exgobernador Alfredo Cornejo días antes de finalizar la gestión, ahora pasó a Diputados para su tratamiento.
Con esta decisión, se pone un tope al ítem antigüedad para los jueces que cumplan con la edad requerida para jubilarse y de ese modo se procura evitar que los magistrados se eternicen en los cargos, incentivados por los altos salarios que van generando con la acumulación de años.
Hay que tener en cuenta que ese adicional equivale al 2,6% de la asignación del cargo correspondiente a su situación de revista, porcentaje que se vuelve significativo en los haberes de los jueces.
“Podrán acumular años de antigüedad solo hasta el momento en que reúnan los requisitos para jubilarse”, aclaró el senador Juan Carlos Jaliff.
Según lo que establece la Ley N° 24.018 (jubilaciones y pensiones) los magistrados y funcionarios están en condiciones de jubilarse cuando hubieran cumplido 60 años de edad- en el caso de las mujeres- y 65 -en el caso de los hombres- y acreditasen treinta 30 años de servicios con aportes computables.
Entre los argumentos, el proyecto sancionado diferencia la situación de la gran mayoría de los empleados públicos, que están obligados a jubilarse al cumplir la edad y los años de aportes exigidos por ley, de los beneficios que gozan los jueces, fiscales, Asesor de Gobierno, Fiscal de Estado y miembros del Tribunal de Cuentas, entre otros funcionarios “inamovibles mientras dure su buena conducta”, que pueden jubilarse cuando lo deseen “una vez que han alcanzado las condiciones legales para ello”.
“Era injusto que no sea igual para todos. Cualquier empleado se tiene que jubilar cuando cumple los requisitos, no tienen la ventaja de quedarse y cobrar ese adicional”, indicó el senador Marcelo Rubio.
Asimismo, se estableció que los funcionarios en cuestión “continuarán cobrando el porcentaje máximo liquidado hasta la fecha (31 de diciembre de 2020)”.
“Las medidas que se establecen en este proyecto no afectan derechos ni la intangibilidad de la remuneración de los mencionados funcionarios ni magistrados, por lo que seguirán percibiendo el adicional que les sea liquidado, aún cuando la antigüedad que se tome en cuenta supere el nuevo límite”, aclara la norma.
En resumen, no se tocará el sueldo de quienes actualmente trabajan y han superado la edad jubilatoria, sin embargo, no seguirán acumulando años de ahora en adelante.
El @SenadoTodosMza aprobó por unanimidad el proyecto de Ley para limitar la antigüedad de Magistrados y funcionarios constitucionales. Pasó a @DiputadosMza para su tratamiento y revisión pic.twitter.com/ApSRTDzFgo
— Cámara Senadores de Mendoza (@senadomendoza) May 5, 2020
