En una conferencia de prensa, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y su par en Defensa, Luis Petri, anunciaron un paquete de leyes que incluirá, entre otros puntos, una normativa para instrumentar penas de prisión para los organizadores de piquetes y bloqueos. También, hicieron mención a la modificación de la Ley de Seguridad Interior para modificar el rol de las Fuerzas Armadas.

El paquete, de acuerdo a lo que informó Bullrich, será enviado al Congreso la semana que viene.

Los puntos a modificarse en el área de Seguridad ya habían sido presentadas en la Ley Ómnibus, rechazada en el Congreso. Por ello, desde Casa Rosada decidieron avanzar de nuevo con estas iniciativas, pera esta vez en un paquete mucho más acotado.

El rol de las Fuerzas Armadas

“Estamos impulsando en el Congreso Nacional una nueva legislación para que tengamos alternativas para que las Fuerzas Armadas, ante determinados supuestos muy específicos, puedan realizar un mayor apoyo a las tareas de seguridad interior”, afirmó el funcionario.

“No es para delitos comunes”, señaló Petri. En ese sentido explicó que podría intervenir “solo si el Comité de Crisis define que existen actos terroristas y con la anuencia del gobernador de la provincia donde se pueda actuar”.

“Vamos a permitir que las Fuerzas Armadas puedan realizar operaciones de seguridad interior que le permitan la paz a los rosarinos. A partir de la declaración de actos terroristas, las Fuerzas Armadas estarán habilitadas a realizar patrullajes, control de personas y vehículos y control de flagrancias”.

Petri también anunció que se le va a posibilitar a las FFAA “la actuación de medios coercitivos”, pero que estarán regidos por las mismas normas que las fuerzas de seguridad. “Es imprescindible la proporcionalidad, gradualidad y progresividad en las fuerzas”, remarcó.

A su vez, el titular de la cartera de Defensa adelantó que las acciones que tengan las Fuerzas Armadas contra el terrorismo “no van a ser punibles porque van a ser consideradas como cumplimiento del deber”.

Marchas y piquetes

Respecto de las manifestaciones, marchas y piquetes, se buscará modificar el artículo 194 del Código Penal, que amplía las acciones tipificadas para especificar que la pena para quienes “sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas” será de uno a tres años y seis meses de prisión.

Se aclara además que si el acto se hace “portando un arma propia, impropia, se causare daño a la integridad física de las personas, la pena será de dos a cuatro años de prisión, siempre que no constituyere un delito más severamente penado”.

Por otra parte, buscarán crear la figura penal para “quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado o que causare lesiones a las personas o daños a la propiedad”, los cuales “serán reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe”.

Esta condena podría incrementarse hasta los 6 años si se lleva adelante “mediante intimidación, simulando autoridad pública o falsa orden de la autoridad, bajo promesa de remuneración o bajo amenaza de quita o de asignación de un beneficio, plan, subsidio de cualquier índole, obliguen a otro a asistir, permanecer o alejarse de una movilización o protesta”.

Indicaron luego que los organizadores “serán solidariamente responsables por los daños que los manifestantes ocasionaren a terceros o bienes de dominio público o privado” durante la protesta y que si durante la movilización se corta el tránsito o participan “menores sin la correspondiente compañía” de sus tutores, serán multados por hasta veinte mil unidades fijas, que equivale a cerca de 6 millones de pesos.

En el artículo 333 del proyecto que tuvo un paso fallido en el Parlamento, marcaron que “toda reunión o manifestación deberá ser notificada fehacientemente ante el Ministerio de Seguridad de la Nación, con una antelación no menor de 48 horas”, en la que se deberá informar “las características de la manifestación, los datos de la persona humana o jurídica que la organiza, detallando nombres propios y datos personales de sus organizadores, delegados o autoridades, independientemente de que participen o no de la reunión o manifestación; el objeto y finalidad, la ubicación y recorrido, tiempo de duración y cantidad estimada de convocados”.

“Frente al incumplimiento de alguno o algunos de los elementos establecidos en la presente Sección, el Ministerio de Seguridad de la Nación deberá intimar a cualquiera de los organizadores de la reunión o manifestación o a quienes actúen como tales, para que cesen con su incumplimiento y adecúen la reunión o manifestación a las disposiciones de la presente. En caso contrario, serán pasibles de las acciones que correspondan, así como también de las multas establecidas”, se especifica.

Resistencia a la autoridad

El delito de resistencia a la autoridad sufrirá modificaciones para remarcar que “será reprimido con prisión de uno a tres años y seis meses el que empleare intimidación o fuerza contra un funcionario público o contra la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de un deber legal, mientras estuviere cumpliendo sus funciones”.

Si el proyecto avanza en el Congreso y si va en sintonía con el presentado en la Ley Ómnibus, la pena podría endurecerse a un mínimo de cuatro y un máximo de seis años si el hecho se cometiere a mano armada o por una reunión de más de tres personas, o si el autor fuere funcionario público o pusiere manos en la autoridad.

Otros anuncios

Bullrich detalló otras modificaciones para enviar al Parlamento, entre las que se destacan la creación de la ley Antimafia o contra organizaciones criminales. “El hecho individual no es lo que determina la pena, sino aquellos que participan de una organización y que son los que cometen distinto tipo de delitos encadenados para el objetivo que tiene esa organización criminal”, señaló la ministra.

Y amplió: “¿Qué significa organización criminal? Es una organización que tiene en vilo a una zona o a un barrio y allí ya no rigen las leyes de la nación, sino las leyes de este grupo narco o lo que fuera”.

También mencionó la modificación en el registro de ADN: “Hoy en Argentina funciona para los condenados por delitos sexuales. (Ahora) Cada uno de los delincuentes que entren en una dependencia policial, que comience con una imputación, se le va a hacer una prueba de ADN y va a estar en un sistema que nos ha donado el FBI. No solo sirve para imputar, sino para desvincular a personas inocentes de una investigación”.

La ministra informó luego que se buscará además terminar con la ley de reiterancia. “Acá sumamos la figura de la reiterancia, que ya está en Mendoza desde hace mucho tiempo. Reiterás el delito y vas preso. (…) Con esto cortamos con la impunidad que siente la gente”.

Marcaron luego que impulsarán la modificación de la ley de legítima defensa: “También se contempla el caso de que dispara mientras se va alejando del que se defiende. Las fuerzas de seguridad tienen que perseguir al delito y al delincuente, es obligación defender a la sociedad de los delincuentes, y si los dejan libres sabiendo que están armados es incumplimiento del deber”. sostuvo Bullrich.