El divorcio no implica únicamente romper con el vínculo matrimonial, esta decisión trae aparejadas varias consecuencias. Una de ellas es la de los bienes. ¿Qué es tuyo, qué es mío y qué es nuestro?
Nuestro país adopta el régimen de bienes de comunidad de ganancias, de administración separada. Esto significa que, al contraer matrimonio, los esposos quedan sujetos a este régimen que es (¡por el momento!) legal, único, forzoso e inmodificable.
Esta comunidad de ganancias está formada por bienes propios del hombre, bienes propios de la mujer, bienes gananciales del hombre y bienes gananciales de la mujer.
Para saber si un bien es propio o ganancial, la forma más fácil es preguntarse cuándo y cómo se adquirió.
¿Qué es un bien propio?
Serán propios los bienes de los que cada uno era propietario antes de casarse (la prueba es la fecha de adquisición) y los adquiridos durante el matrimonio por herencia, legado o donación.
¿Qué es un bien ganancial?
Como regla general, son bienes gananciales los adquiridos a título oneroso en el transcurso del matrimonio. Todos los bienes que no se demuestre que sean propios, al tiempo de la disolución de la sociedad conyugal, serán gananciales.
¿Por qué es importante esta distinción?
El cónyuge del dueño de un bien propio no tendrá derecho alguno sobre ese bien al momento de la liquidación de la sociedad (es decir, cuando se divorcien).
Por el contrario, los bienes gananciales serán compartidos, ya que se supone que la vida en común entre los cónyuges hizo posible, o por lo menos contribuyó, en la obtención de esos bienes.
Los bienes gananciales, mientras continúe el matrimonio, serán del titular del bien. Lo que el otro cónyuge tiene es un derecho en expectativa. Esto significa que, cuando se concrete el divorcio, quien no es titular de ese bien tendrá derecho a la mitad de valor.
Este post resume brevemente las reglas generales que rigen respecto de los bienes. Sin embargo, pueden existir casos específicos en los que la calificación sea dudosa. Estas reglas sirven un poco para conocer a qué tienen derecho antes, durante y después del divorcio. Como siempre, ¡son bienvenidas a consultar, cuestionar y comentar!
