A partir de este domingo 1° de noviembre, los inscriptos en el Monotributo Social deberán modificar la forma de emitir sus comprobantes. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dejará atrás la posibilidad de utilizar habitualmente talonarios de facturas impresas y establecerá la emisión electrónica como modalidad obligatoria.

La medida también alcanza a los trabajadores independientes incluidos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, conocido como Monotributo Promovido. El cambio fue establecido mediante la Resolución General 5893/2026, publicada en el Boletín Oficial el 31 de agosto.

Desde el comienzo de noviembre, los contribuyentes deberán emitir comprobantes electrónicos o utilizar un controlador fiscal para respaldar sus operaciones. De esta manera, los talonarios impresos dejarán de ser una alternativa de uso habitual y quedarán reservados para situaciones excepcionales.

Cuándo se podrán utilizar las facturas en papel

Los comprobantes manuales no desaparecerán por completo. ARCA permitirá utilizarlos únicamente ante contingencias que impidan operar con los sistemas habituales de facturación, siempre que cuenten con un Código de Autorización de Impresión (CAI) vigente.

Una vez vencida esa autorización, los talonarios ya no podrán utilizarse. Por eso, quienes todavía facturen en papel deberán adecuarse al nuevo mecanismo antes de que entre en vigencia la disposición.

Cómo emitir las facturas electrónicas

Una de las alternativas disponibles es el servicio “Comprobantes en Línea”, al que se ingresa desde el sitio oficial de ARCA con CUIT y Clave Fiscal. Allí se debe seleccionar el contribuyente y el punto de venta correspondiente, cargar los datos de la operación y del destinatario, indicar el importe y confirmar la emisión.

También se puede utilizar la herramienta “Facturador”, que permite generar comprobantes desde un celular, una tablet o una computadora.

Para facilitar la transición, ARCA habilitará de oficio un punto de venta a los contribuyentes que todavía no tengan uno. Quedará asociado al domicilio fiscal declarado y a la opción “Factura en línea – Monotributo” dentro del servicio de comprobantes.

La modificación apunta a cambiar la modalidad de emisión y registración de las operaciones. No implica, por sí misma, una modificación de la categoría tributaria ni de las condiciones generales del Monotributo Social.