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El Gobierno provincial publicó este jueves en el Boletín Oficial una serie de decretos que ratificaron cesantías y suspensiones en el personal de la Policía de Mendoza. Se trata de casos vinculados a ex-policías que, en algunos casos, tenían causas penales, por ejemplo, extorsión, mientras que en otros por incumplimientos de tareas.

En todos los casos, el Poder Ejecutivo confirmó lo resuelto en instancias administrativas previas y subrayó que los sumarios internos son independientes de los procesos judiciales que puedan tener los empleados públicos de Mendoza.

Despidos

El primer despido se conoció a través del decreto 1.537, con la ratificación de la cesantía de un efectivo que fue condenado en un caso de extorsión.

La decisión del gobierno se basa en un elemento crucial: la condena judicial firme contra el ex-oficial. El decreto recuerda que, en el fuero penal, el ex-agente fue condenado a seis años y seis meses de prisión por el delito de extorsión.

El dictamen legal del Gobierno provincial destaca que, en estos casos, la sanción disciplinaria se justifica plenamente con la existencia de la condena. Según el Artículo 99 de la Ley N° 6722, una condena judicial por un delito doloso es motivo suficiente para la exoneración. El decreto explica que, a pesar de que la sanción inicial fue de “Cesantía sujeta a Exoneración“, la condena penal hace que cualquier intento de nulidad en el ámbito administrativo carezca de sentido.

Por otra parte, se le ratificó el despido a un segundo efectivo, quien había apelado la sanción luego de ser sobreseído en una causa penal por lesiones leves dolosas.

El ex-funcionario había interpuesto un recurso jerárquico contra la sanción disciplinaria, argumentando que su sobreseimiento en una causa penal por Lesiones Leves Dolosas desvirtuaba la acusación de la administración. Sin embargo, Asesoría de Gobierno desestimó este planteo.

El decreto subrayó que el sumario administrativo no busca determinar la existencia de un delito, sino verificar si se ha infringido el régimen disciplinario. La Ley N° 7493 establece claramente que los sumarios y la aplicación de sanciones son independientes del proceso penal. Esto significa que un sobreseimiento o absolución en sede judicial no impide la aplicación de una sanción en el ámbito administrativo.

Suspensiones e investigaciones

En tanto, el Ejecutivo desestimó un recurso de alzada de una oficial de otro uniformado, quien intentaba frenar la apertura de un sumario administrativo en su contra.

En este caso, la investigación preliminar reveló que la oficial habría actuado con “falta de cuidado, responsabilidad y diligencia” al omitir notificar al CEO una novedad por violencia de género que involucraba a otros dos efectivos policiales.

La conducta de la oficial fue considerada una presunta infracción al Régimen Disciplinario Policial, lo que justificó plenamente la apertura del sumario.

Finalmente, se ratificó una suspensión contra un agente por 40 días. El uniformado había sido sancionado por la Inspección General de Seguridad (IGS) tras una investigación que determinó que, junto a un compañero, no había realizado una serie de diligencias judiciales que se les habían asignado durante un turno.

La sanción se sustenta en un seguimiento del equipo radial portátil del policía. La investigación determinó que, aunque el agente entregó la documentación como si las diligencias se hubieran realizado, la señal de radio demostró que los efectivos no se presentaron en al menos 15 de las direcciones que figuraban en los oficios que debían diligenciar.