El presidente Alberto Fernández y el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, definirán este sábado la lista de actividades que podrían quedar exceptuadas de la cuarentena en cada provincia, de acuerdo al pedido de los gobernadores. En lo que respecta a Mendoza, Rodolfo Suarez, envió un documento para flexibilizar diez rubros.

El objetivo es que el próximo lunes se realicen las aperturas de acuerdo a las demandas que elevó cada jurisdicción. En tanto, Fernández encabezó en horas de la siesta una videoconferencia desde la residencia de Olivos con intendentes de diferentes municipios para analizar la situación en cada región ante la pandemia de coronavirus.

Tras dialogar con los gobernadores el jueves y viernes con legisladores nacionales, el jefe de Estado escuchó esta tarde el informe de varios jefes municipales, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido hasta el 26 de abril para desacelerar los contagios en el país.

A partir del lunes, el Gobierno nacional habilitará la reanudación de ciertas actividades productivas, a pedido de algunas provincias y en el marco de una “cuarentena administrada”, avalada por las autoridades sanitarias y diseñadas para la tercera fase de la cuarentena que se cumple desde el 20 de marzo.

Todas las propuestas están atadas a la aprobación del Ministro de Salud, que conduce Ginés González García, luego de un exhaustivo análisis realizado por los responsables de otras carteras del Gobierno.

Las especificaciones para cada distrito del país serán conocidas formalmente en las próximas horas, anticipó el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.

Las 10 actividades exceptuadas que pidió Mendoza

  • Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
  • Oficinas de rentas de las Provincias y los Municipios.
  •  Actividad registral dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, con sistema de turnos y guardias mínimas.
  • El comercio minorista de indumentaria, calzado, marroquinería, electrónica, electrodomésticos, juegos y juguetes, cuidado personal, pinturerías, venta de materiales para construcción y decoración podrá vender mercadería ya elaborada a través de diversas plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con los compradores y mediante entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
  • Atención médica y odontológica programada de seguimiento de enfermedades crónicas y de carácter preventiva, con turno previo. Dos pacientes por hora.
  •  Laboratorio e imágenes con turno previo. Dos pacientes por hora.
  • Ópticas con turno previo. Dos pacientes por hora.
  • Empresas de seguros y servicios de verificación de siniestros que permitan realizar los pagos por arreglos de los automóviles y motos afectados por accidentes. En ningún caso se podrá atender al público. Todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
  • Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.
  • Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.