La Cámara de Diputados le dio sanción definitiva este miércoles al proyecto que establece un nuevo Régimen Especial Penal Juvenil para la provincia y adapta el sistema judicial y penal a la legislación nacional que fijó la responsabilidad penal desde los 14 años. La norma obtuvo 32 votos afirmativos (Unión Cívica Radical, La Libertad Avanza y el PRO), 10 negativos (Partido Justicialista, Frente Renovador y La Unión Mendocina) y una abstencion (Lucas Ilardo, de Fuerza Patria).
El proyecto modifica más de 100 artículos del Régimen Especial Penal Juvenil y del Código Procesal Penal y establece un sistema específico para adolescentes de entre 14 y 17 años que sean acusados de cometer delitos.
La propuesta crea estructuras judiciales especializadas, incorpora mecanismos de justicia restaurativa y establece procedimientos diferenciados desde la aprehensión hasta el cumplimiento de una eventual condena. La Cámara de Diputados informó que el proyecto busca adecuar la normativa provincial a la Ley Nacional 27.801.
El eje de la reforma es que los adolescentes comprendidos en ese rango etario no serán derivados al sistema penal de adultos. El nuevo régimen contempla órganos judiciales específicos, centros especializados y medidas socioeducativas.
También establece que la privación de libertad debe utilizarse como último recurso y prioriza, cuando corresponda, alternativas como la mediación, la conciliación, la reparación del daño, el monitoreo electrónico y el cumplimiento de medidas bajo supervisión.
Qué ocurre cuando detienen a un adolescente
El proyecto establece un procedimiento específico desde el momento de la aprehensión. En los casos en que un adolescente sea detenido, será trasladado inicialmente a una dependencia policial y luego derivado a la Unidad de Procedimientos y Abordaje de la Niñez y Adolescencia (UPANA), que reemplazó a la antigua Comisaría del Menor.
El fiscal deberá definir dentro de las primeras tres horas si corresponde disponer el traslado a la UPANA o el reintegro del adolescente a su entorno familiar. La permanencia en esa unidad tendrá carácter excepcional y no podrá superar los 12 días. Si se dispone prisión preventiva, el adolescente deberá ser trasladado a un centro especializado de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil.
El nuevo esquema también contempla una división por edades. Los adolescentes de 14 a 16 años deberán permanecer separados de aquellos de 16 y 17 años en los dispositivos del sistema de responsabilidad penal juvenil. En ningún caso las personas menores de edad serán alojadas en cárceles comunes junto con adultos. La normativa provincial ya comenzó a adecuarse al nuevo régimen nacional, que entró en vigencia el 5 de septiembre.
Medidas alternativas y justicia restaurativa
Uno de los principales cambios es la creación de la Unidad de Medidas Alternativas a la Privación de la Libertad (UMA). Su función será gestionar programas comunitarios y dispositivos de abordaje territorial destinados a adolescentes sometidos a medidas judiciales que no impliquen prisión.
La estructura tendrá como objetivos la inclusión social, educativa, laboral, sanitaria y comunitaria. Además, el proyecto incorpora mecanismos de justicia restaurativa, mediación, conciliación, criterios de oportunidad y suspensión del proceso a prueba.
La reparación del daño deberá priorizar alternativas restaurativas y educativas, teniendo en cuenta la edad, el grado de madurez y la autonomía progresiva del adolescente. El proyecto también establece que la falta de recursos económicos no podrá impedir el acceso a mecanismos alternativos.
Cada adolescente tendrá, además, un Proyecto de Reintegración Social, elaborado con la intervención de un supervisor especializado y equipos interdisciplinarios. En caso de una condena, el Estado deberá garantizar educación obligatoria, formación profesional, capacitación en oficios y actividades culturales, deportivas y recreativas.
Centros especiales para adolescentes privados de libertad
La reforma crea una Unidad de Privación de Libertad (UPL), que tendrá a su cargo la gestión de los centros especializados para adolescentes privados de libertad. Entre sus funciones estarán la custodia, los traslados, la disciplina, la vigilancia y el abordaje socioeducativo.
El régimen establece que la educación tendrá carácter prioritario y que la escolarización obligatoria no podrá ser suspendida como sanción disciplinaria. También deberá garantizarse el acceso a formación profesional y capacitación laboral.
El proyecto incorpora además un régimen progresivo de ejecución, con mecanismos de evaluación, salidas excepcionales, régimen abierto y distintas modalidades de egreso. La finalidad es que el cumplimiento de las medidas esté acompañado por herramientas de reintegración social.
Jueces y fiscales especializados
La reforma también modifica la estructura judicial. El nuevo sistema contará con Juzgado Penal Juvenil, Tribunal Penal Juvenil, Ministerio Público Fiscal Penal Juvenil, Defensa Penal Juvenil y Ministerio Pupilar para los casos de adolescentes no punibles.
El Tribunal Penal Juvenil funcionará, como regla general, con tres jueces, aunque podrá constituirse de manera unipersonal en determinados casos. La iniciativa busca así establecer un fuero específico para abordar los procesos que involucren a adolescentes, en lugar de aplicar directamente las estructuras del sistema penal ordinario.
También se crea la figura del supervisor especializado, designado por el órgano judicial. Tendrá a su cargo el seguimiento del adolescente durante el cumplimiento de las medidas impuestas y deberá presentar informes técnicos periódicos sobre su evolución, con intervalos que no podrán superar los tres meses.
Flagrancia juvenil y procesos más rápidos
El proyecto establece un procedimiento específico de flagrancia juvenil, con audiencias orales e inmediatas. La primera audiencia deberá realizarse como máximo tres días después de la imputación y allí se analizarán las medidas cautelares y las posibles salidas alternativas.
La propuesta establece que tendrán prioridad mecanismos como la justicia restaurativa, la remisión, la mediación y los criterios de oportunidad antes de avanzar hacia un juicio, cuando las características del caso permitan utilizar esas herramientas.
Los adolescentes tampoco serán sometidos a juicios por jurados populares. El debate será oral y reservado y estará a cargo del Tribunal Penal Juvenil. Si un adolescente y un adulto son imputados por un mismo delito que corresponda juzgar mediante jurado, el adulto podrá ser sometido a ese procedimiento mientras que el adolescente será juzgado por jueces técnicos especializados.
Qué ocurre cuando el adolescente cumple 18 años
La iniciativa también contempla los casos en los que una persona cumple 18 años durante el proceso o mientras cumple una condena. En esas situaciones deberán iniciarse las gestiones correspondientes para su eventual traslado a un establecimiento destinado a mayores.
La norma establece que, si se produce ese traslado, deberá procurarse un alojamiento en un sector diferenciado, adecuado a la edad y al proceso de reintegración social que atraviesa la persona.
Protección de la identidad
Otro de los puntos centrales es la protección de la identidad de los adolescentes involucrados en procesos penales. El proyecto prohíbe difundir información que permita identificarlos, tanto si son imputados como si son víctimas o testigos.
La protección alcanza a nombres, fotografías, datos familiares, domicilios, establecimientos educativos y cualquier otro elemento que permita individualizar al adolescente. También se prevén mecanismos judiciales para ordenar el retiro de contenidos que vulneren esa protección.
El proyecto establece que la reserva de las actuaciones frente a terceros tiene como finalidad preservar la identidad, la intimidad y el proceso de reintegración social del adolescente.
