Oscar Jégou y Hugo Araudou.

Un tribunal conformado por los jueces Carolina Colucci, Mateo Bermejo y Eduardo Martearena confirmó este martes el sobreseimiento de los rugbiers franceses Oscar Jégou y Hugo Auradou, acusados el año pasado de un presunto abuso sexual cuando pasaron unos días con su selección en Mendoza.

La decisión a la que arribaron los magistrados del Tribunal Penal Colegiado Nº1 se basó en la “inexistencia de delito”, ratificando el fallo previo de la jueza de primera instancia, Eleonora Arenas.

El caso se originó el 7 de julio del año pasado, cuando una mujer de 40 años denunció a los dos deportistas por un hecho ocurrido en un hotel cinco estrellas de Ciudad. Según su relato, esa madrugada conoció a Jégou en un boliche de Carrodilla, Luján de Cuyo, y luego se trasladó con él hasta el hotel en un vehículo de transporte privado.

La denunciante aseguró que fue víctima de abuso sexual por parte de Jégou y de su compañero de habitación, Auradou.

Ante la acusación, el fiscal de Delitos Contra la Integridad Sexual, Darío Nora, ordenó la captura de los rugbiers, quienes fueron detenidos en Capital Federal cuando se dirigían a Uruguay para participar de un encuentro deportivo.

Posteriormente, fueron trasladados a la provincia, donde quedaron imputados por abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos personas, delito que prevé penas de entre 8 y 20 años de prisión.

Durante la investigación, los franceses sostuvieron a través de su defensa que las relaciones fueron consentidas. Con el avance del expediente, se incorporaron nuevas pruebas y peritajes que llevaron al Ministerio Público Fiscal a reconsiderar la acusación. En consecuencia, el fiscal Nora solicitó el sobreseimiento de los imputados al entender que no existían elementos suficientes para mantener la causa.

Pese a la oposición de la querella, la jueza Arenas hizo lugar al pedido y sobreseyó a los rugbiers basándose en el inciso 2 del artículo 353 del Código Procesal Penal, que establece la inexistencia de delito cuando el hecho denunciado no encuadra en una figura penal. Así lo sostuvieron los abogados defensores Rafael Cúneo Libarona y Germán Hnatow desde el inicio de la instrucción.

Este martes y luego de una audiencia que se celebró hace una semana, con la confirmación de la Cámara, el fallo quedó firme, dando por cerrado el caso judicial. Más allá de eso, a la denunciante le quedaría una instancia de presentar un recurso ante el máximo tribunal de Justicia de la provincia, la Suprema Corte, pero estos planteos rara vez prosperan.