Desde el 2017, las excarcelaciones o salidas anticipadas de condenados por delitos graves, lo que se denomina libertad condicional para aquellos que se encuentran en la última etapa de su pena por buen comportamiento, están limitadas en Argentina por una disposición. Esto apunta casi directamente a la prisión perpetua, las dos palabras más pesadas que se pueden leer en el Código Penal y que tantas dudas generan en la sociedad en general con respecto a su poder de alcance.
Hablar de estar detenido “para siempre” puede llegar a significar un camino sin retorno en la vida de una persona encerrada en un centro carcelario. Los casos que tuvieron como víctimas a Fernando Báez Sosa y Lucio Dupuy y sus autores, más otros impactantes ocurridos en Mendoza en los últimos días, como las condenas a los homicidas del periodista Luziano Moreno y Emiliano Fernández, volvieron a poner en el centro de la escena lo que significa estar privado de la libertad con prácticamente una posibilidad nula de salida a futuro.
Permanecer detrás de los barrotes 35 años, el plazo previsto en el Código Penal (CP) para solicitar beneficios con ciertas condiciones, volvió a ser cuestionado por magistrados e internos condenados a esa pena luego de la modificación que ya tiene seis años, que prácticamente significó que una persona debe morir en una celda sin la posibilidad de reintegrarse a la sociedad.
Allí entran en escena las estadísticas. Hasta el 1 de diciembre del año pasado, la población carcelaria en los establecimientos de la provincia llegaba a 5.598 internos. De este total, el 73,74 por ciento son penados y el resto, 26,26 por ciento, abarca a los llamados procesados o imputados.
Del total de condenados, el 5,78 por ciento fueron sentenciados a prisión o reclusión perpetua, lo que representa 241 presos en todos establecimientos mendocinos, se desprende de los cómputos del Servicio Penitenciario provincial. Una cifra elevada y que supera en más de un punto al promedio nacional: 4,4 por ciento, es decir, casi 2.500 de un total de 56.000 condenados, según los datos del Sistema Nacional de Estadísticas de Ejecución de la Pena.
El juez de primera instancia Sebastián Sarmiento, con extensa experiencia en todo lo que se refiere a la ejecución de una pena en Mendoza, es uno de los magistrados que viene cuestionado que los internos no puedan acceder a la beneficios después de los 35 años. Es más, entiende que la perpetua es constitucional porque así lo definió la Suprema Corte de Justicia en enero del 2021 pero se opone a que una persona no tenga permitido tener la esperanza de salir de la cárcel en algún momento de su vida, tal como expresó a El Sol.
Sarmiento fue quien condenó a la pena máxima en noviembre del año a Mario Castro por el femicidio de quien era su pareja, María Aida Oliva, en abril del año pasado en Papagayos. El fallo fue considerado polémico. El imputado reconoció el crimen en un juicio abreviado inicial y el magistrado homologó el acuerdo entre las partes (fiscalía y defensa). Sin embargo, declaró inconstitucional el artículo 14 del Código Penal, que habla sobre a quiénes se les permite acceder a la libertad condicional luego de 35 años de encierro, por lo que el caso llegó hasta la Suprema Corte.
El juez tiene una postura muy clara con respecto a los beneficios, debido a que casi todos los hallados culpables por homicidios agravados, delitos contra la integridad sexual, tortura seguida de muerte, trata de personas, terrorismo, contrabando y los previstos en la Ley 23.737 (Estupefacientes), más allá de una declaración de reincidente, tampoco tienen permitido acceder a beneficios después de los 35 años de encierro. “No se le puede quitar la esperanza de que algún día un interno puede salir de la cárcel”, entendió el magistrado. Y agregó: “El objetivo de la pena en nuestro sistema judicial es la reinserción social del que cometió delito”. Para el juez, de 36 años y ex titular del Servicio Penitenciario local, tiene que existir la posibilidad de que una persona algún día vuelva la calle uniendo una multiplicidad de factores.
La normativa del 2017, conocida como ley (Luis) Petri, impulsada por el radical mendocino, llegó para modificar la ley sobre la ejecución de la pena privativa de la libertad y agregó más delitos al artículo que estable los casos en que un detenido puede acceder a beneficios de libertad anticipada. Ante esto, solo tres delitos que establecen perpetua no están excluidos del acceso a la libertad condicional: los de traición a la patria, desaparición forzada y contra la seguridad de la Nación. Esto generó un fuerte repudio de sectores de Derechos Humanos.
La reforma previa se produjo en el 2004, durante el gobierno de Néstor Kirchner, con la llamada Ley Blumberg, que nació luego del secuestro extorsivo y asesinato en marzo de ese año del joven Axel Blumberg en Buenos Aires. En esa modificación se prolongó el plazo para acceder al pedido de libertad condicional –pasó de 20 a 35 años– y la pena se terminaba de cumplir a los 10 de salir de la cárcel. Se fijó que los reincidentes no podían acceder a ningún tipo de beneficio hasta los 35 años.
Una de las máximas preocupaciones, explicó Sarmiento, es que Mendoza suma entre 10 y 15 perpetuas cada año. Qué esperanzas de salir van a tener esos condenados se preguntó el magistrado. La pregunta casi no tiene respuesta, salvo que la normativa sea derogada o declarada inconstitucional por un tribunal supremo. Esto no ha cambiado a pesar de algunos fallos que han explicado que choca con principios de igualdad y progresividad y reinserción de las penas.
El mismo gobierno, a través de su página oficial, argentina.gob.ar, explica sobre la finalidad de la pena privativa de la libertad: “El régimen carcelario, además de su función de retener y custodiar, tiene como objetivo lograr su adecuada reinserción al medio libre. La ejecución de la pena privativa de la libertad en todas sus modalidades tiene por finalidad lograr que el condenado adquiera la capacidad de comprender y respetar la ley, procurando que mantenga o adquiera pautas de comportamiento y de convivencia aceptadas por la sociedad”.
Lo que sienten los condenados a la máxima
Marcelo Araya es uno de los internos más reconocidos de Mendoza desde hace más de una década. Está alojado en la cárcel de Almafuerte, en Cacheuta, y la Justicia le ha impuesto dos prisiones perpetuas por ordenar a los integrantes de la banda que lideraba perpetrar homicidios de sus rivales. También lo sentenciaron a 15 años en el fuero federal por comercio de drogas. Fue detenido en enero del 2010, luego de fugarse de la cárcel en el 2007, mientras purgaba una pena de 20 años de cárcel. En medio de una guerra de bandas en la zona de la llamada Triple Frontera, dio la orden de cortar con la vida de solados de sus rivales. Un cómputo reciente de la Suprema Corte concluyó que lleva 26 años y medio en situación de encierro.
Adriana Andrea Geroli Pérez también pasa sus días en la cárcel de mujeres con prisión perpetua. En mayo del 2012 fue encontrada culpable del asesinato de su esposo un año antes, en su casa de calle España de Guaymallén. El caso, que tuvo como víctima al empresario ajero Aroldo Domínguez, provocó un fuerte impacto social en Mendoza.
En el 2018 la mujer solicitó el beneficio de la detención domiciliaria pero jueces se lo negaron. En el 2020 expuso sus argumentos y pensamientos sobre lo que implica estar sentenciado a la máxima pena en la audiencia pública que definió la constitucionalidad de la perpetua. Se mostró arrepentida y pidió una oportunidad para volver a empezar. “Es una experiencia traumática. Es excesiva e inhumana. Es una tortura o una venganza”, le dijo a los miembros de la Corte.
Ambos han mostrado con el paso del tiempo su postura sobre el alcance de la prisión perpetua en los centros carcelarios de la provincia. Con base en sus argumentos, hablaron con El Sol y coincidieron al cuestionar al sistema carcelario por las secuelas físicas y psicológicas que deja pasar tantos años en prisión.
“Particularmente, en el caso mío, el año pasado, la (Suprema) Corte resolvió el cómputo de sentencia mío y al día de la fecha me reconoce como que tengo 26 años y medio de sentencia cumplida, por lo cual, estoy más que superado y habilitado de poder pedir salidas transitorias, salidas laborales, todas esas cosas, atento a que, hoy en día, yo estoy con la Ley 24.660, esa ley de Ejecución de pena me pide 17 años de sentencia cumplida y estar incorporado en el beneficio de período de prueba para pedirle a la juez de Ejecución las salidas transitorias”, contó Araya, quien entiende que ya está en condiciones de solicitar beneficios pero no puede acceder.
Y agregó: “Más allá de ser un damnificado directo de una pena tan excesiva, el fin de las condenas o del tiempo de privación de la libertad es la reinserción social, que la persona modifique su conducta, modifique su forma de vivir en estado de libertad, que se reinserte socialmente. Con una pena perpetua, con el sistema de ejecución en los penales de la Argentina, puntualmente, en Mendoza, no tenés posibilidades de nada en todos los sentidos, porque personas que pasan tanto tiempo detenidas en un sistema carcelario como este, sin acceso a educación, sin acceso al aprendizaje de un oficio, sin asistencia social, sin colaboración del Estado a la familia de los detenidos, con el poco cuidado y la poca fomentación que le hacen al vínculo familiar que el interno tiene, te despojan de todo. Una persona que padece una condena de 5 años pierde su familia, pierde el entorno que lo va a recibir cuando vuelva en libertad, entonces, esas personas que cumplen una perpetua de 35 años, a qué carajo salen a la calle, a nada. Desactualizado totalmente, sin un oficio, sin una colaboración de parte del Estado. El sistema atenta todos los días. La ruptura del vínculo familiar que puede llegar a tener la persona detenida sale a la calle y va a ser un zombie. Una persona totalmente excluida de la sociedad”, opinó.

Por su parte, Geroli también habló con El Sol desde su lugar de detención y contó que lleva una lucha “muy grande” para explicar cómo son los días en una prisión, sabiendo que la sentencia de perpetua en su contra está firme. “¿Para qué sirve la cárcel? Es un mausoleo. A una persona la entierran viva acá. No te sirve para reflexionar, para pensar. ¿Cómo puede ser que me condenen y me midan igual que a un genocida. No hay igualdad, no hay equilibrio. Un genocida ha violado, matado, torturado, secuestrado, delitos aberrantes y la pena es la misma. La ley tendría que tener una modificatoria. No podés castigar de una forma tan abismal a las personas. El Estado no te brinda las herramientas para aprender del error”.
Geroli contó que tiene la esperanza de salir. Pero también entiende que la pena máxima no le sirve a nadie. “Si tengo que esperar 35 años para la condicional, voy a tener 73 años. ¿Dónde voy a implementar todo o lo poco que aprendí acá con 73 años? No te digo que no tiene que haber un castigo por cometer algo que no corresponde. Tenés que afrontar las consecuencias de tus actos. Cuando castigás a tus hijos, no lo hacés para toda la vida, si no para que aprendan. Ese debería ser el fin de la cárcel, que una persona aprenda del error que cometió. Yo lo único positivo que saqué de acá es que terminé la secundaria. Traté de ocupar mi tiempo en cosas útiles. Traté de rescatar el vaso medio lleno”, señaló.
Por último, además de sentir que la perpetua es “una muerte en vida”, entendió: “No es normal que una persona esté encerrada. Ni siquiera un animal. Es un entorno tan tóxico que te sentís asfixiada. ¿Te encierran acá y qué herramientas te dan? Te dan un oficio pero el cupo es de 40 y, quizás, hay 200 interesados que se quedan afuera. Es trascendental el trabajo. Una de las cosas que yo estoy pidiendo o sugiriendo es que tendría que haber un sistema donde se evalúe la ejecución de la pena. Primero evaluar cómo vas llevando una condena. El estímulo educativo se termina a los 24 meses. No debería tener un límite”.

