Como consecuencia del inicio de una investigación, a raíz de la supuesta entrega de material bélico al “gobierno golpista” de Bolivia por parte del gobierno de Mauricio Macri, se ha reavivado el debate en relación a los hechos transcurrido en el Estado del Altiplano de los Andes a finales del año 2019.

Es oportuno analizar los acontecimientos en contexto, y no como hechos aislados para definir si nos encontramos o no frente a un golpe de Estado.

El concepto de “golpe de Estado”, expresión tomada del francés coup d’État, es básicamente la toma del poder de forma ilegal, violenta o a la fuerza, interrumpiendo la vigencia de las autoridades legítimamente constituidas de acuerdo con la constitución de determinado país. En un golpe de Estado exitoso, los golpistas esperan, crean y conspiran para luego aprovechar el “clima de confusión irresponsable”, como escribió el filósofo francés Alain de Benoist, para luego ejecutar sus planes.

Cabe preguntarse entonces si estos elementos, que requiere el concepto, se han producido en el análisis del caso boliviano. Repasemos los mandatos de Evo Morales.

  • El dirigente cocalero llegó al poder en el año 2006. Dentro de ese primer mandato se produce en Bolivia un proceso de reforma constitucional, liderado por el propio Morales.
  • El 25 de enero de 2009 a través de un referéndum se ratifica la nueva Constitución. La misma, entre otras modificaciones, estableció un límite de dos períodos para el cargo de presidente.
  • Su segundo mandato abarca el período entre los años 2010 y 2015, con lo que según la propia constitución reformada por Morales, para el año 2015 cumpliría los dos períodos constitucionales, y se vería limitado a no presentarse nuevamente.
  • Sin embargo, en el año 2013 el Tribunal Constitucional realiza una interpretación en donde se expresa que el primer mandato (2006-2010) no debía ser computado para la reelección, ya que la carta magna había sido reformada, con lo cual a Morales le quedaría otro mandato más (el tercero). Es por ello que, alegando ese “cambio de Constitución”, Morales logró que su primer periodo no fuera contabilizado a la hora de buscar la reelección para su tercer mandato.
  • Desarrollándose ya su tercer mandato (2015-2019), y conociendo las limitaciones constitucionales para un cuarto mandato, Morales decide convocar a un referéndum para que el “pueblo” decida sobre la posibilidad de un período más al frente del país.
  • El 21 de febrero del 2016 se realizó dicho referéndum para reformar el artículo 168 de la Constitución Política del Estado, el cual permite solo una reelección de un presidente y vicepresidente, cuyas opciones eran “Sí” y “No”. Los resultados fueron a favor del “No”, por lo cual no hubo reforma de su propia reforma.
  • A pesar del rechazo de la ciudadanía a un cuarto mandato, y sin tener respaldo legal en la carta magna, el 19 de septiembre Asambleístas del Movimiento Al Socialismo (MAS) presentaron un recurso abstracto de inconstitucionalidad argumentando que las limitantes para una eventual nueva postulación se contraponen al pacto de San José de Costa Rica. A la iniciativa se sumaron unas 30 organizaciones sociales.
  • El 28 de noviembre de 2017 el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), por decisión unánime, habilitó la candidatura de Evo Morales y Álvaro García Linera para los siguientes comicios electorales nacionales (de 2019) basándose en la prevalencia de convenios internacionales sobre la Constitución Política del Estado. Según los dichos del propio fallo, “los derechos políticos reconocidos por Bolivia en la Convención Americana sobre Derechos Humanos debían priorizarse por encima de los límites a los mandatos consecutivos establecidos en la Constitución.”
  • Habilitado por el Tribunal Constitucional para un cuarto posible mandato, el 20 de octubre de 2019 se celebró la primera ronda de votación para todos los cargos gubernamentales. Los recuentos mostraron que Morales lideraba en menos de 10 puntos porcentuales (lo que lo llevaría a una segunda vuelta electoral) hasta las 19.40 hora local. En ese momento se detuvieron las actualizaciones.
  • A las 21:25, sin actualizaciones, a raíz de un misterioso corte de luz, el presidente Morales se declaró el ganador, lo que levantó sospechas en todos los organismos internacionales que actuaban de veedores, especialmente la Organización De Estados Americanos (OEA), por lo que se solicitó una auditoría que comenzó el 31 de octubre, a cargo de la OEA y observada por España, México y Paraguay.
  • La oposición boliviana publicó un informe con irregularidades tales como adiciones erróneas de actos electorales, intercambio de datos y más votos que los votantes registrados. A medida que el malestar popular fue en aumento empezaron diversos actos de protesta.
  • El 10 de noviembre de 2019, tras la publicación de un crítico informe por parte de la OEA, sobre los comicios, Morales declaró la renovación de vocales del Tribunal Supremo Electoral y convocatoria a nuevas elecciones nacionales. Posteriormente, presionado desde diversos frentes, como la “sugerencia” de renunciar hecha por las Fuerzas Armadas, anunció su renuncia al cargo de presidente de Bolivia.
  • Posteriormente Jeanine Áñez Chávez asumió el cargo de presidenta del Estado Plurinacional de Bolivia de carácter interino luego de la crisis política, desde el 12 de noviembre de 2019 hasta el 8 de noviembre de 2020. Áñez ocupaba el cargo de segunda vicepresidenta de la Cámara de Senadores de Bolivia.
  • La asunción de Añez a la presidencia de Bolivia fue legitimada formalmente por el Tribunal Constitucional Plurinacional horas más tarde, el mismo día de la renuncia de Morales, declarando que había asumido legalmente el cargo.
  • El 24 de enero de 2020 anunció su postulación como candidata a presidenta en las elecciones nacionales de 2020 por la alianza política “Juntos”. No obstante, el 17 de septiembre de ese mismo año declaró que declinaba a su candidatura señalando que tomaba esta decisión “por el bien mayor” en dichas elecciones. Su mandato terminó el 7 de noviembre de 2020 al transferir el mando a Luis Arce.

Luego de este repaso, corresponde ahora reflexionar si se han dado los elementos necesarios para considerar a estos hechos como golpe de Estado, y por ende si el gobierno de Juntos por el Cambio colaboró con un “régimen golpista”.

Es absolutamente reprochable la interpretación constitucional que hizo el alto Tribunal de Bolivia ya en el caso de la tercera candidatura de Morales, por considerar que la primera no era válida ya que “forma parte de otra constitución”. Pero no conforme con ello el Tribunal, por arte de magia jurídica, saca de la galera una cuarta posibilidad de candidatura, de “re- re- re” elección del líder cocalero. Considerando que la Constitución y leyes electorales están por debajo del derecho humano, cuasi divino, del monarca de perpetuarse en el poder.

Así como debe afirmarse que es inaceptable intromisión militar en asuntos políticos, como se dio a través de esa “sugerencia” de renuncia, no debe desconocerse que estamos frente a un tercer mandato inconstitucional que llevó a Morales a presentarse a un cuarto mandato, de manera ilegítima. Su pueblo, ya le había dicho “NO” en el referéndum en donde sometía a decisión popular el cuarto período. Y si la soberanía popular reside en el “pueblo”, no sólo desobedeció la ley que él mismo reformó, sino que desobedeció a la fuente de poder que legitima el accionar de un primer mandatario. No es menor señalar que la presidencia interina posterior a la crisis del 2019 siguió los canales institucionales para su reemplazo, llamando a elecciones luego.

En conclusión, la “sugerencia” militar para acelerar su renuncia no basta para calificar a lo sucedido en Bolivia de “golpe de Estado”. Morales no cae por la movilización del Ejército ni los militares se hicieron cargo del poder.

Nada de lo hecho por los militares, ni de la oposición política boliviana (descartando teorías de golpes blandos) tuvo que ver con la pretensión de Morales de perpetuarse en el poder, de manera ilegítima. Llamando a un referéndum, primero; desconociendo el resultado, después; y finalmente haciendo fraude, creando el propio Morales ese clima de “confusión irresponsable”.

Hoy pretenden darnos lecciones democráticas aquellos que en su momento llamaron “revocatoria popular de mandato” a la destitución de algún ex presidente Argentino. ¿Con qué parámetro científicos miden algunos políticos cuántas personas tiene que haber en la calle para definirla como una revocatoria popular o golpe? ¿No será que si se lo hacen a los adversarios es mandato popular y debe aceptarse, y si se lo hacen a ellos y sus socios, es golpismo? ¿Será que ahora aquellos que postulaban la idea de revocatoria popular de mandato en su momento, lo volverán a sostener ahora que el pueblo cubano está en la calle?

(*) El autor es profesor de Derecho Público Argentino y Derecho Internacional Público de la Universidad de Mendoza.