El Ministerio de Seguridad y Justicia de Mendoza decidió sancionar a través de su Junta de Disciplina a un efectivo policial tras un grave episodio ocurrido en el Hospital de Salud Mental Carlos Pereyra. El caso involucra a un sargento ayudante quien fue considerado responsable de un accionar violento y de desobediencia que alteró el normal funcionamiento de la institución sanitaria y puso en riesgo al personal de seguridad.
El hecho, ocurrido en 2022, volvió a cobrar relevancia institucional luego de un extenso proceso administrativo que concluyó con una sanción disciplinaria, en un contexto donde se refuerza la exigencia de conducta ejemplar para quienes integran las fuerzas de seguridad. La sanción fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
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Los acontecimientos se remontan a la tarde del 4 de octubre de 2022. Según consta en el sumario administrativo, el uniformado se presentó en el hospital con el objetivo de retirar a su hija quien se encontraba internada bajo una orden judicial vigente.
De acuerdo con los testimonios incorporados al expediente, el policía arribó al nosocomio acompañado por móviles de Preventores y también por familiares. Frente a la negativa del personal médico de otorgar el alta voluntaria —expresamente prohibida en ese contexto—, la situación escaló rápidamente en tensión y violencia.
De acuerdo al relato de la médica de guardia, el sargento ingresó al predio saltando el portón de acceso, que se encontraba cerrado desde el interior. Una vez dentro, agredió físicamente a tres trabajadores de seguridad privada, quienes sufrieron diferentes lesiones durante el altercado.
El episodio culminó cuando el efectivo, con ayuda de quienes le prestaron apoyo en la maniobra, logró retirar a la paciente en un vehículo particular, sin autorización médica ni judicial. La acción no solo vulneró los protocolos sanitarios, sino que también desconoció de forma directa una orden judicial en vigencia.
Desde la Junta de Disciplina se remarcó especialmente la gravedad de que el hecho haya sido protagonizado por un efectivo policial en funciones jerárquicas, en un hospital de salud mental y contra personal civil.
La Inspección General de Seguridad (IGS), encargada de instruir el sumario, detectó múltiples irregularidades posteriores. Entre ellas, que el domicilio declarado por el integrante de la fuerza no coincidía con su lugar real de residencia desde hacía al menos tres años.
Además, el uniformado se encontraba con licencia médica prolongada, lo que dificultó su citación. Ante la imposibilidad de notificarlo personalmente, la Junta debió recurrir a edictos publicados en el Boletín Oficial durante 2024. A pesar de estas instancias, el sargento no presentó descargos ni ejerció su derecho a defensa.
La resolución final consideró probado que el accionar fue “contrario a los preceptos y lineamientos que la ley establece para el personal policial”. En ese marco, se determinó que violó el régimen disciplinario previsto en la Ley 6722/99, particularmente el Artículo 100, inciso 1°.
Como consecuencia, se le aplicó una sanción de veinte días de suspensión laboral, con carácter de exonerable. Se trata de una de las medidas más severas dentro del régimen administrativo, reservada para conductas consideradas incompatibles con la función policial.
