El Ministerio de Salud resolvió tres expedientes administrativos relacionados con profesionales del área sanitaria, entre los que se encuentran la cesantía de una médica por presentar un certificado apócrifo, el rechazo del reclamo de una enfermera desvinculada del Hospital Lagomaggiore y la ratificación de una suspensión profesional de seis meses por incumplimientos vinculados con la notificación de casos de gravedad materna.
Las medidas fueron establecidas mediante los decretos 1533, 1768 y 1464, firmados por el gobernador Alfredo Cornejo y el ministro de Salud y Deportes, Rodolfo Montero. Las disposiciones corresponden a actuaciones iniciadas en distintos años y contemplan tanto la aplicación de sanciones como la resolución de recursos administrativos.
Despedida por un certificado trucho
El caso que derivó en una sanción expulsiva corresponde a una profesional del Área Sanitaria de Capital, investigada por presentar un certificado médico apócrifo para justificar una ausencia laboral del 3 de febrero de 2025.
El procedimiento comenzó cuando el área de Recursos Humanos solicitó verificar la autenticidad de dos certificados presentados por la trabajadora. Durante la investigación, el Departamento de Matriculaciones y Certificación de Firmas detectó diferencias entre las firmas de los documentos y la registrada oficialmente.
Posteriormente, la profesional que figuraba como firmante reconoció la autenticidad del certificado del 13 de enero de 2025, pero desconoció tanto el contenido como la firma del documento correspondiente al 3 de febrero.
A partir de estas actuaciones se inició un sumario administrativo. El instructor recomendó la cesantía, criterio que también compartió el Consejo Deontológico Médico. Sin embargo, la Junta Provincial de Reclamos y Disciplina de los Profesionales de la Salud propuso, por unanimidad, una suspensión de 30 días.
Finalmente, el Ejecutivo resolvió aplicar la cesantía al considerar acreditada la presentación del certificado apócrifo. El decreto aclara que la conducta sancionada fue la utilización del documento para justificar una ausencia laboral, no su falsificación material.
La resolución también dispone que la medida sea notificada a la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública de Mendoza.
Rechazaron el reclamo de una enfermera desvinculada del Lagomaggiore
Otro de los expedientes corresponde a una enfermera que había sido contratada por el Hospital Lagomaggiore en abril de 2020 y cuya relación laboral finalizó en julio de 2024, después de una evaluación de desempeño desfavorable.
Según el informe elaborado por la Jefatura de Clínica Médica, la trabajadora presentaba dificultades para cumplir con determinadas exigencias del servicio. La evaluación concluyó que no reunía el perfil requerido y recomendó trasladarla a un sector de menor complejidad para resguardar la atención de los pacientes.
La enfermera cuestionó el informe y sostuvo que había trabajado durante más de cuatro años en distintos servicios del hospital sin recibir sanciones ni registrar antecedentes desfavorables. También denunció que no había tenido oportunidad de defenderse antes de que se resolviera su desvinculación.
En su presentación solicitó que se revisara la decisión y reclamó una indemnización. Sin embargo, el Ejecutivo rechazó el recurso de alzada al considerar que la evaluación de desempeño no constituía un procedimiento disciplinario.
El decreto sostiene que los contratos de locación de servicios no otorgan estabilidad laboral y que el hospital estaba facultado para rescindir la contratación a partir de los resultados de la evaluación.
Respecto de la indemnización, el Gobierno argumentó que la legislación nacional invocada por la trabajadora no resulta aplicable en la administración provincial y que no existe una disposición equivalente para este tipo de contrataciones.
Ratificaron la suspensión
El tercer expediente está relacionado con una sanción impuesta a un médico por incumplimientos detectados en una clínica privada de Mendoza.
La investigación se originó a partir de una denuncia de la Dirección de Maternidad e Infancia de la Provincia, relacionada con la obligación de informar los casos de muerte materna o situaciones graves dentro de las 48 horas de producidos.
El procedimiento administrativo concluyó que el profesional había incumplido las disposiciones vigentes. Inicialmente, la instructora del sumario recomendó una suspensión de dos años en el ejercicio de la profesión, aunque la autoridad sanitaria finalmente estableció una sanción de seis meses.
El médico presentó distintos recursos administrativos en los que cuestionó la valoración de las pruebas, negó que se hubiera acreditado su responsabilidad y consideró desproporcionada la sanción.
Sin embargo, el Gobierno rechazó el recurso jerárquico y ratificó la decisión original. También desestimó el pedido de suspensión de la medida porque esta ya había sido cumplida entre el 5 de agosto de 2022 y el 5 de febrero de 2023.
