Luego de que el exintendente de Las Heras, Daniel Orozco, y su pareja, la diputada provincial suspendida Janina Ortiz, reconocieran su culpabilidad en el desvío de fondos municipales mediante la causa “Cooperativa Fantasma”, surgió una duda recurrente en la ciudadanía: por qué la sentencia acordada con la Fiscalía no incluyó el pago inmediato de una multa económica.
Ambos exfuncionarios aceptaron una condena de tres años de prisión en suspenso y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de peculado doloso. Sin embargo, a diferencia de otros encuadres penales -como el enriquecimiento ilícito, que contempla penas pecuniarias directas-, el tipo penal por el que fueron condenados no prevé una multa automática.
Según pudo confirmar El Sol con fuentes judiciales, la restitución del dinero que fue saqueado de las arcas municipales entre 2021 y 2023 no quedó perdonada y olvidada, sino que se tramitará por vías de acción separadas.
Aquel desvío inicial de $35,5 millones otorgados a la cooperativa “Manos a la Obra” asciende hoy, por actualización inflacionaria y tasas de interés, a una suma cercana a los $430 millones de pesos. Para recuperar esos fondos, el Estado debe promover un juicio civil posterior por daños y perjuicios.
Existen razones técnicas y de estrategia judicial para que este reclamo económico no se haya saldado en la misma audiencia del juicio abreviado. Todos los involucrados en el esquema delictivo son considerados solidariamente responsables ante la ley. En el fuero civil, el Estado prefiere demandar al conjunto de los condenados y participes para ampliar las garantías de cobro e ir contra el patrimonio de todos los ejecutados.
Asimismo, la pretensión resarcitoria del Estado debe darse en un proceso civil donde se respete el derecho de defensa. La activación de la demanda civil depende de los tiempos en que la querella decida promoverla.
El Tribunal de Cuentas ya emitió un fallo que fija sanciones y multas económicas por las irregularidades detectadas en el manejo de los fondos públicos para Orozco y Ortiz.
La defensa de la pareja presentó una Acción Procesal Administrativa ante la Suprema Corte de Justicia buscando la nulidad, expediente que aún no tiene resolución definitiva por parte del máximo tribunal.
Orozco, condenado: el caso que sacudió la política mendocina
El caso “Cooperativa Fantasma” llegó a su fin tras un extenso recorrido. Lo que comenzó como una ruptura política en las antesala electoral de 2023 derivó en una causa de corrupción municipal que culminó este martes 20 de octubre con un…
Quiénes siguen en el banquillo penal
Mientras Orozco y Ortiz cerraron su situación procesal mediante la condena en suspenso, la causa penal continúa su marcha respecto de otros cuatro imputados de la gestión. La jueza Dolores Ramón -que recientemente se inhibió- confirmó la elevación a juicio para quienes están señalados como participes necesarios del fraude: Osvaldo Oyhenart (exsubsecretario de Políticas Sociales), Hernán Mostaccio (exjefe de Licencias de Conducir, Juan Pablo Pandolfi (agente contratado y yerno de Osvaldo Oyhenart), Daniel Herrera (contador) y Adrián “Moco” Pérez (empleado municipal y titular formal de la cooperativa).
El antecedente del resarcimiento de los $62 millones
En noviembre de 2025, el fiscal de Delitos Económicos, Juan Ticheli, resolvió desdoblar la acusación entre quienes actuaron con dolo y quienes cometieron negligencia (peculado culposo).
Ese cambio de calificación permitió que un grupo de seis exfuncionarios de menor rango. un grupo de involucrados zafó -a través de un pago de $62 millones- con la calificación de peculado culposo: Mauro Homan (director de Asuntos Legales), Mauricio Valle (exdirector de Compras), Diego Tolin (exsubdirector de Contaduría), Leandro Tassi (director de Contaduría), Patricia Díaz (extesorera) y Carlos Nofal (exsecretario de Hacienda). Fueron sobreseídos en el último mes.
Diferente fue la situación de la cúpula política encabezada por Orozco y Ortiz, cuya conducta dolosa no les permitió eludir la condena penal.
