Anses.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) entrega hasta $80.000 por nacimiento, adopción o matrimonio. Los beneficiarios deben cumplir ciertos requisitos y presentar documentación.

Para acceder a esta Asignación de Pago Único hay que acreditar los datos personales en Mi Anses, dirigirse a una oficina del organismo y constatar el certificado de matrimonio o convivencia, junto con los DNI del grupo familiar (originales y copias).

El plazo para presentar la documentación y recibir el pago es de dos años a partir de la fecha del hecho generador y a los valores vigentes a ese momento.

Los pagos se realizarán, para todas las terminaciones de DNI, entre el 10 de abril al 10 de mayo.

Los montos

  • Matrimonio: con Ingreso del Grupo Familiar (IGF) hasta $316.731, se pagan $20.011.
  • Nacimiento: con IGF hasta $316.731, se pagan $13.363.
  • Adopción: con IGF hasta $316.73, se pagan $79.918.

Los beneficiarios que se encuentren residiendo en el exterior, solo podrán percibir las asignaciones familiares, cuando los hijos por los que reclama el cobro vivan en la Argentina. En tal caso deberá presentar en los meses de junio y noviembre certificado de domicilio de los menores por quienes percibe dicha asignación.

Quiénes pueden cobrarlo

Asignación Familiar por Matrimonio:

  • Trabajadores registrados (SUAF).
  • Titulares de la Prestación por Desempleo.
  • Titulares de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
  • Trabajadores de temporada.
  • Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Tener el matrimonio acreditado en ANSES.
  • Estar dentro de los 2 meses y 2 años de ocurrido el evento.
  • Tener un Ingreso Familiar de hasta $316.731.

Asignación Familiar por Nacimiento y Adopción

  • Trabajadores en relación de dependencia (Sistema Único de Asignaciones Familiares – SUAF).
  • Trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
  • Personas que cobren la Prestación por Desempleo.
  • Personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • En el caso de nacimiento, el menor debe tener entre 2 meses y 2 años. En el caso de adopción, debe realizarse dentro de los 2 meses y 2 años de dictada la sentencia.
  • Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes.
  • En el caso de los trabajadores en relación de dependencia, tener 6 meses de antigüedad en su trabajo.

Fuente: Con información de Ámbito.