Los votos que emitan los ciudadanos en el balotaje presidencial pueden calificarse como válidos, que se dividen en afirmativos y blancos; nulos, recurridos e impugnados.

Según establece la Cámara Nacional Electoral, el voto en blanco es “una herramienta con la que cuentan los electores para manifestar su disconformidad con todos los candidatos y con las propuestas formuladas por los partidos políticos”.

En el marco de la segunda vuelta que se disputará este domingo, hay que destacar que el voto en blanco será considerado válido, pero no afirmativo, para ninguna de las dos fórmulas: Sergio Massa-Agustín Rossi (Unión por la Patria) y Javier Milei-Victoria Villarruel (La Libertad Avanza).

Con un escenario tan polarizado como el que se vislumbra, una de las dudas que surge es cómo se contabilizarán los votos en blanco. Hay que destacar que en las elecciones generales del 22 de octubre se contabilizaron 554.161 votos en blanco (2,04% de los sufragios válidos totales).

Si bien una de las creencias más comunes es que beneficia al binomio que más sufragios obtenga, en realidad, representa el rechazo a todos los postulantes y la abstención de elegir entre las propuestas.

En el balotaje sólo se consideran los votos afirmativos por alguna boleta partidaria, por lo que el voto en blanco no se contabiliza en favor al candidato ganador. Se lo toma como una manifestación política más, sin incidencia en el resultado final.

En concreto, la fórmula presidencial que sume más votos individuales es la que resultará vencedora, sin importar el porcentaje o la cantidad de votos blancos, impugnados o nulos.

Los tipos de votos

  • Voto afirmativo: boleta oficializada, aún cuando tuvieran tachaduras de candidatos, agregados o sustituciones, pero el encabezado se encuentra intacto.
  • Voto en blanco: sobres vacíos o con papel de cualquier color, sin inscripciones ni imágenes.
  • Voto nulo: boleta no oficializada, con inscripciones, imágenes inadecuadas u objetos extraños en el sobre.
  • Voto recurrido: aquel cuya nulidad y validez es cuestionada por algún fiscal presente en la mesa y, en ese caso, se deberá fundamentar en un formulario especial con “expresión concreta de la causa”.
  • Voto de identidad impugnada: la persona que vota no es la titular del documento que presenta. Esa consideración sólo le cabe formularla al presidente de mesa o a los fiscales.

Con qué boletas se puede votar

La Cámara Nacional Electoral (CNE) aclaró que son válidas para votar en el balotaje las boletas que fueron oficializadas para la primera vuelta que se realizó el 22 de octubre, en la categoría de candidatos a Presidente y Vicepresidente de la Nación.

Del mismo modo, son válidas las boletas oficializadas para este domingo, “respetando el diseño y sin otra modificación”, aclaró la CNE.

En ese sentido, se recordó que los ciudadanos que quieran acercarse a los lugares de votación para cumplir con sus deberes cívicos con una boleta del candidato a quien quieran elegir -y que les fue entregada previamente- podrán sufragar con total normalidad.

En tanto, explicaron que “no son válidas” las boletas que se utilizaron en las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) que se disputaron el pasado 13 de agosto.

En el caso de que se detecte un faltante de boletas, los electores deberán advertirlo sin mencionar el nombre del candidato o el espacio al que desean votar.