El Tribunal Constitucional ha resuelto este jueves que la prohibición de las corridas de toros en Cataluña fue inconstitucional, seis años después de que el Grupo Popular en el Senado presentara un recurso de inconstitucionalidad contra la abolición de las corridas en la comunidad.

El Tribunal Constiutcional ha anulado la ley del Parlamento catalán que prohibió las corridas de toros en Cataluña en 2010. Los magistrados consideran que ese veto invade competencias estatales ya que el Gobierno central declaró la tauromaquia patrimonio cultural inmaterial en dos leyes de 2013 y 2015 que no fueron recurridas.

La sentencia, que todavía no ha sido notificada, asegura que Cataluña tiene atribuída la potestad para regular los espectáculos públicos y para proteger a los animales, pero esa competencia autonómica no puede invadir las estatales en materia de cultura, aseguran fuentes jurídicas. 
 
Según informó El Confidencial, el recurso de inconstitucionalidad contra la ley catalana fue presentado en 2010 por el grupo catalán en el Senado. El Constitucional anula el artículo primero de la Ley de Protección de Animales reformada ese mismo año para incluír la prohibición de las corridas. El recurso aseguraba que ese veto conculcaba varios derechos, entre ellos el de la educación, el del acceso a la cultura y la obligación de los poderes publicos de enriquecer el patrimonio histórico, además de la distrubución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas.

La decisión, que se ha adoptado por mayoría y de la que ha sido ponente la magistrada catalana Encarnación Roca, se basa, según fuentes jurídicas en este último argumento, que la prohibición vulnera la decisión estatal de declarar los toros patrimonio inmaterial adoptada por dos leyes de 2013 y 2015.

Si esas leyes no se hubieran promulgado, la prohibición, según los magistrados, podría haber salido adelante, ya que Cataluña tiene la competencia de protección de animales y regulación de espectáculos públicos. La resolución ha contado con los votos a favor de 8 magistrados, tres se han mostrado en contra y se ha anunciado un voto particular.