Para iniciar este tema, definimos el estado familia como la posición que una persona ocupa dentro de la familia.
El modo de saber la posición que cada persona ocupa en la familia se determina por el vínculo jurídico que los une con otra persona.
Voy a dar como ejemplo el estado de hija o el estado de madre.
No obstante ello, el hecho de no tener un vinculo jurídico daría lugar al estado de soltero/a.
Otro ejemplo es el vínculo parental que une a la persona con sus parientes por naturaleza, por técnicas de reproducción humana asistida, por adopción o por afinidad.
Seguidamente, el mencionado estado de familia de una persona determina los derechos y obligaciones que a cada integrante de corresponde, produciendo efectos civiles tanto como penales.
Los primeros son la base de algunos impedimentos matrimoniales, a modo ejemplificativo hablamos de parentesco o de ligamen.
Otro efecto jurídico conduce también, a la obligación alimentaria, entre otros.
En cuanto a los efectos penales hacemos referencia a ciertos agravantes como el homicidio violación, lesiones, entre cónyuges, ascendientes o descendientes, y sin dejar de mencionar el incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.
Y cuál es la prueba del estado de familia?
El Dr. Belluscio explica claramente que “el titulo de estado de familia, es el conjunto de instrumentos públicos de los cuales resulta el estado de familia de una persona y que conforma prueba legalmente establecida para acreditar ese estado.
Es decir que el titulo de estado es el documento que acredita el estado de familia de una persona”.
Un ejemplo de lo manifestado es:
- Titulo de estado matrimonial es la partida de matrimonio.
- Titulo de filiación matrimonial es la partida de matrimonio de los padres y la partida de nacimiento del hijo o hija.
- Titulo de filiación extramatrimonial es la partida de nacimiento del hijo/a junto con el instrumento en que conste el reconocimiento de la madre o el padre.
La Doctrina Argentina considera que “el estado de familia no solo clasifica a la persona dentro de su grupo, sino que es la base para el ejercicio de derechos fundamentales y el cumplimiento de deberes de cuidado y alimentos, y expresando que es una posición jurídica inalienable, intransmisible e inmutable (relativamente) que el ordenamiento jurídico protege.
Está vinculado al orden público, lo que significa que las partes no pueden disponer libremente de sus derechos de familia”
Entendiendo por orden publico el conjunto de principios, normas y condiciones fundamentales de seguridad, tranquilidad y salubridad, que garantizan la convivencia pacífica, la organización social, el interés general, limitando la autonomía de la voluntad, esto es, que los individuos no pueden pactar acuerdos en contra de estas normas básicas.
Las consideraciones expresadas son de modo genérico y orientativo, conceptual y doctrinal. Usted puede consultar a su Profesional de confianza
