El gobernador Alfredo Cornejo promulgó este jueves la Ley 9735, que establece un nuevo Régimen Especial Penal Juvenil para la provincia y crea un Código Procesal Penal Juvenil propio. La norma, sancionada por la Legislatura el 30 de septiembre, establece procedimientos específicos para adolescentes en conflicto con la ley penal y reorganiza los organismos encargados de ejecutar y controlar las medidas judiciales.
El decreto de promulgación fue firmado por el gobernador Alfredo Cornejo, la ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus, y el ministro de Educación, Cultura, Infancias y DGE, Tadeo García Zalazar. La nueva legislación busca adecuar el sistema provincial al marco nacional y establece una estructura administrativa especializada para intervenir durante las distintas etapas del proceso penal juvenil.
Uno de los principales cambios es la reorganización de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil (DRPJ), que tendrá a su cargo implementar, coordinar y supervisar las medidas, sanciones y programas socioeducativos ordenados por la Justicia.
Para cumplir esa función contará con equipos técnicos interdisciplinarios y supervisores especializados, además de mecanismos de articulación con el Poder Judicial, el Ministerio Público y organismos de educación, salud, seguridad, capacitación, vivienda y empleo.
Dos unidades para las distintas medidas
La Ley 9735 establece una división entre las medidas que implican privación de la libertad y aquellas que se cumplen en la comunidad. Para ello, la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil contará con una Unidad de Privación de Libertad Juvenil y una Unidad de Medidas Alternativas a la Privación de la Libertad (UMA).
La primera tendrá bajo su responsabilidad la gestión, seguridad, custodia y abordaje socioeducativo de los adolescentes que se encuentren con prisión preventiva o cumplan penas privativas de libertad. La UMA, en tanto, se ocupará de las medidas alternativas, los programas comunitarios, el régimen abierto y los dispositivos de acompañamiento territorial.
El esquema también incorpora tres dispositivos específicos: una Guardia Permanente que funcionará durante las 24 horas, un sistema de Abordaje en Territorio para supervisar a quienes atraviesen el proceso penal en la comunidad y un Dispositivo Residencial Socioeducativo de régimen abierto para adolescentes sometidos a medidas con una restricción mínima de la libertad.
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En los dispositivos de régimen abierto, la normativa establece un abordaje centrado en la educación, la formación laboral y las actividades culturales, deportivas y recreativas. También contempla el fortalecimiento de los vínculos familiares y comunitarios como parte del proceso de acompañamiento.
Un supervisor seguirá cada caso
Otra de las incorporaciones de la ley es la figura del Supervisor Especializado. Será responsable del seguimiento individual de los adolescentes alcanzados por medidas judiciales y deberá mantener entrevistas periódicas, controlar la evolución de cada caso y elaborar informes técnicos destinados a la Justicia.
El supervisor también tendrá que coordinar acciones con los equipos interdisciplinarios y comunicar al juez competente los incumplimientos graves e injustificados de las pautas establecidas. De esta manera, el control abarcará tanto a quienes se encuentren privados de su libertad como a quienes cumplan medidas alternativas en territorio.
Qué establece para los adolescentes privados de libertad
La nueva normativa fija además reglas específicas para los centros especializados. La educación formal obligatoria deberá mantenerse durante la privación de libertad y los adolescentes deberán tener acceso a formación profesional. La escolarización tendrá carácter prioritario y no podrá ser suspendida como sanción disciplinaria.
Los establecimientos deberán contar con protocolos de disciplina y convivencia redactados en lenguaje claro, con una definición precisa de las faltas y las sanciones. La ley también garantiza el derecho de los adolescentes a ser escuchados y a apelar las medidas disciplinarias ante el juez competente.
Entre las prohibiciones expresas se encuentran los castigos corporales, los tratos crueles, inhumanos o degradantes y el aislamiento en celdas de castigo. Tampoco podrán restringirse las visitas familiares ni elementos básicos de higiene o alimentación como mecanismo de sanción.
Las palabras de Cornejo
Luego de oficializarse la sanción, el mandatario provincial se expresó en las redes sociales y aseguró que “la edad no puede ser sinónimo de impunidad”.
“En Mendoza, la edad no puede ser sinónimo de impunidad. Hoy promulgamos el nuevo Régimen Penal Juvenil, una herramienta que permite a la Justicia actuar con mayor claridad frente a los adolescentes que cometen delitos, con responsabilidad, consecuencias y reinserción. Cuidar a los mendocinos también es dejar en claro que delinquir tiene consecuencias”, fue el mensaje que publicó Cornejo en la red social X.
En Mendoza, la edad no puede ser sinónimo de impunidad. Hoy promulgamos el nuevo Régimen Penal Juvenil, una herramienta que permite a la Justicia actuar con mayor claridad frente a los adolescentes que cometen delitos, con responsabilidad, consecuencias y reinserción. Cuidar a los mendocinos también es dejar en claro que delinquir tiene consecuencias.
— Alfredo Cornejo (@alfredocornejo) October 8, 2026
