El Senado provincial aprobó este martes la expropiación de un terreno baldío de 47,5 hectáreas en San Martín, donde se instalará la nueva escombrera departamental. Sin embargo, ese predio ubicado en calle Oratorio, en el distrito Alto Salvador, es protagonista de una compleja causa judicial por presunto daño ambiental que, tras dos fallos adversos para el municipio que gobierna Raúl Rufeil, espera su definición en la Suprema Corte de Justicia.
El proyecto, que fue aprobado en la Cámara alta por 21 votos afirmativos y 13 negativos, reactivó la controversia en torno a la propiedad de Eduardo Diego Martínez, quien en 2016 presentó una segunda demanda contra la Municipalidad de San Martín por daño ambiental en su inmueble, utilizado durante años para el depósito de residuos.

Según el expediente judicial, la comuna depositó basura en el predio en virtud de un convenio suscripto con Martínez el 14 de marzo de 2007. El acuerdo autorizaba al municipio a realizar tareas de relleno sanitario en parte del terreno, comprometiéndose a retirar escombros existentes.
El propietario alegó que ese convenio no se cumplió, y que además se permitió el ingreso de terceros al predio, agravando la situación ambiental. También denunció que el depósito de escombros “produjo un daño gravísimo en su propiedad haciendo uso desmedidos, sin controles de manera deliberada e incumpliendo la normativa vigente para el tratamiento de residuos”.
En su respuesta, la administración de Rufeil sostuvo que Martínez no impidió el ingreso de terceros al terreno, el cual no contaba con cerco perimetral ni vigilancia, y que ahora busca cobrar “dos veces por el mismo daño”.
Asimismo, desde la Municipalidad destacaron que el inmueble ya presentaba irregularidades antes de ser adquirido por Martínez a cambio de 18.000 dólares, debido a la extracción de materiales para la construcción de la Ruta Nacional 7 en la década de 1970.
Más allá de esa defensa, en 2023 un juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, ordenó al municipio realizar tareas de saneamiento y fijó una indemnización por daño ambiental de $2.880.000.
Luego, en mayo de 2024, la Quinta Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia. Actualmente, la causa se encuentra en estudio por la Suprema Corte de Justicia.
La teoría de la “cosa juzgada”
Según la Municipalidad de San Martín, Martínez ya fue indemnizado por los daños reclamados en un primer juicio. En tal sentido, en febrero de 2000 la Justicia condenó al municipio a pagarle 40.000 dólares al propietario por extraer tierra y depositar basura. El fallo fue confirmado por la 5° Cámara de Apelaciones en agosto del año siguiente.
Fuentes de la comuna recordaron que en ese proceso se desestimó el reclamo por lucro cesante, dado que el terreno fue considerado improductivo. Y se quejaron porque en este nuevo juicio, el magistrado Jorge Andrés Corradini “condena al Municipio a convertir un predio yermo en un emporio productivo (o que se le entregue una nueva suma de dinero) con más una suma exorbitante por daño ambiental”.
Por su parte, la Cámara diferenció los dos juicios y descartó la teoría de “cosa juzgada”, como plantearon los abogados de la comuna. Así las cosas, resaltó que en el primer proceso “se ordenó la reparación de los daños que el inmueble presentaba hasta la fecha de promoción de la demanda”, mientras que en el segundo se reclama la reparación de los daños provocados a partir del convenio firmado en 2007.
“Razón por la que en ambos pleitos se contempla una plataforma fáctica diferente”, señalaron las camaristas Carla Viviana Zanchelli, Patricia Beatriz Canela Romero y Beatriz Moureu.
Respecto al segundo juicio, autoridades municipales señalaron que el convenio de 2007 no se perfeccionó y fue celebrado a título gratuito. También manifestaron que a partir de marzo de 2016 el municipio dejó de utilizar el predio, trasladando los residuos a la planta de Rivadavia.
Ahora, la comuna justificó la expropiación al indicar que el terreno resulta adecuado para el emplazamiento de una planta integral de tratamiento de residuos. Expresó que las condiciones topográficas del inmueble permiten integrar el predio al plan ambiental vigente, y que su incorporación permitirá resolver la disposición de residuos por los próximos 50 años.
También señaló que Martínez pretende realizar un “negocio inmobiliario o financiero” sobre un terreno que “no tiene una mínima mejora, en más de 25 años”, y que cuando avance el proceso expropiatorio, será nuevamente indemnizado por el Tribunal de Tasación.
“Los distintos estudios realizados por el municipio demuestran que estando prácticamente colapsada la actual escombrera colindante a la fabrica Duperial y Ruta Nacional Nº 7 (costado sur), resulta evidente la utilidad pública de ese terreno no sólo por su cercanía a la actual planta de tratamiento de residuos de calle Barrera sino también por su factibilidad a integrarla dentro del programa internacional de tratamiento de todos los residuos –cualquiera sea su especie- que produce una comunidad, permitiendo de este modo una gran solución para los intereses departamentales para los próximos 50 años”, explicaron desde la comuna .
En la misma sintonía, el senador radical Walther Marcolini señaló en la sesión de este martes que la elección del predio responde a su ubicación estratégica, cercana a la planta de transferencia de residuos domiciliarios y a la estación de reciclado operada por la Cooperativa El Humito.
Pero la oposición duda de ese argumento. “Me preocupa que la expropiación se haya hecho para evitar la remediación ambiental y evadir una sentencia judicial”, expresó en el recinto el senador Germán Vicchi (PRO – LAUM).
La respuesta no tardó en llegar: el máximo referente del bloque oficialista, Martín Kerchner, consideró que “nuestra atribución constitucional es declarar sujeto a expropiación (el terreno), la que expropia la Municipalidad”.
“La existencia o no de juicios será un tema de responsabilidad de cada uno de los funcionarios. Por eso no vemos inconveniente legal de ningún tipo para avanzar con la expropiación”, dijo el presidente provisional del Senado antes de la votación.
Cronología
| Fecha | Hecho |
|---|---|
| 1996 | Martínez inicia el primer juicio contra la Municipalidad por daño en el predio. |
| 2000 | Se dicta sentencia a favor del actor. El municipio es condenado a pagar U$S 40.000. |
| 2007 | Se firma un convenio que autoriza el uso del terreno para relleno sanitario. |
| 2016-2017 | El actor reclama incumplimiento del convenio y demanda nuevamente. |
| 2023 | El juez de primera instancia ordena el saneamiento y fija una indemnización. |
| Mayo 2024 | La Quinta Cámara de Apelaciones confirma el fallo. |
| 2025 | La causa es apelada ante la Suprema Corte de Mendoza. Aún no hay resolución. |
| Abril 2025 | El Senado aprueba la expropiación del terreno. |
