A partir de este martes se sumaron restricciones a la hora de hacer las compras en comercios y supermercados. La principal modificación es que desde ahora habrá limitaciones para los clientes, con la aplicación de un sistema de turnos a través de la finalización del Documento Nacional de Identidad (DNI).
Así, las personas cuyos documentos finalizan en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán asistir a los comercios habilitados solo los lunes, miércoles, viernes, de 8 a 18 horas. Los domingos (en el caso en que tal actividad se realice) se autoriza de 8 a 13 horas.
En tanto que las personas cuyos documentos finalizan en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán asistir a los comercios habilitados solo los martes, jueves, sábados, de 8 a 18 horas. Los domingos (en el caso en que tal actividad se realice) se autoriza de 13 a 18 horas.
Ver también: Para comprar en supermercados se tendrá cuenta la terminación del DNI
"Esta limitación aplica desde hoy para todo el ámbito territorial de la provincia, incluso en aquellas actividades ya vigentes (compra en supermercados, hipermercados, ferreterías y toda actividad o comercio que permita la acción presencial)", indica el decreto 563 publicado este martes en el Boletín Oficial.
Multas
El decreto advierte que será multado "cualquier incumplimiento, y especialmente la circulación y/o permanencia en la vía pública, comercio de cualquier tipo, estudio, oficina, o cualquier otro espacio de personas cuya terminación del DNI no corresponda con el día especificado en los puntos anteriores".
Las multas son de $5.000 para la persona infractora, $10.000 para el comercio o centro de atención privado y $50.000 si se trata de un supermercado o hipermercado.
"Todo lo expuesto sin perjuicio de las sanciones que con causa en las ordenanzas municipales corresponda aplicar a cada Municipio", indica la norma. La recaudación será destinada a los sistemas de salud de la Provincia o del Municipio, según quien hubiere constatado la infracción.
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