La Suprema Corte, a través de dos ministros, rechazó ayer el amparo interpuesto por una ONG antiabortista y ratificaron el fallo del juez del Primer Juzgado de Familia, quien sostuvo que la situación jurídica de la joven discapacitada embarazada se encuentra comprendida en el artículo 86 del Código Penal, es decir,que el aborto no es punible para los médicos que lo realicen y que no es necesaria una autorización judicial.

    Así las cosas, con esta resolución –firmada por Aída Kemelmajer y Fernando Romano,de la Sala I Civil y Comercial–, se dio vía libre al pedido de la madre y se dejó en manos de la salud pública el correspondiente análisis de si es posible practicar la interrupción de la gestación a la chica de 25 años, deficiente mental, que fue abusada sexualmente. Según informaron fuentes tribunalicias, tras convalidar el fallo del juez Germán Ferrer –recusado por los antiabortistas–, sería cuestión de horas para que se realice finalmente el polémico aborto a C.C.A.

   El lugar y el nombre del médico que realizará la intervención sería decidido en secreto por las partes, para evitar manifestaciones antiabortistas y para que no trascienda el nombre del profesional que realice la intervención. Además, anoche circuló la versión de que el ministro de Salud, Armando Calletti, pidió a la OSEP que ponga a disposición sus centros asistenciales, en caso de que la intervención no se pueda hacer en el Lagomaggiore.

MOVIDA. Tras conocer que el aborto había sido frenado el domingo por la noche por la Segunda Cámara Civil, los abogados que representan a la madre de la joven,Ana Rosa Gazzoli, presentaron ayer un recurso ante la Corte para que esta rechace la acción de amparo y deje sin efecto la media cautelar, lo que finamente sucedió cerca de las 13. La ONG Vitam había presentado ante la Justicia la medida de no innovar, acompañada de un amparo, luego de que Ferrer resolviera que el aborto no es punible para los médicos.

    Entre otras cosas, los militantes pedían a los médicos, que se abstengan de practicar la interrupción del embarazo basándose en que “se proteja el derecho a la vida de la persona por nacer”. Pero en un corto escrito, los dos ministros fueron tajantes y consideraron que Vitam no está legitimada para requerir a los médicos que se abstengan de realizar el aborto.Por un lado, desestimaron el amparo, y por el otro, coincidieron con la resolución de Ferrer. “Tengo en claro que ni Vitam Asociación Civil sin fines de lucro, ni ninguna otra persona ajena a la intervención médica requerida está legitimada para recusar al tribunal ni, mucho menos, para plantear la suspensión de la interrupción ordenada por un tribunal competente, en el ámbito de sus funciones específica”, aclara la resolución de Kemelmajer y Romano.

RESOLUCIONES-AMPAROS. El titular del Primer Juzgado de Familia sostuvo, el viernes, que la decisión de realizar el aborto terapéutico quedaba exclusivamente a consideración de los profesionales, tanto del Hospital Militar como de nosocomios públicos, destacando que no hacía falta autorización judicial. En su inciso segundo, el citado apartado destaca que los médicos no son punibles “si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto”.

    Pero grupos antiabortistas entendieron que era necesario apartar al magistrado por “preopinar” y presentaron un amparo en el Segundo Juzgado Civil. Como rara vez sucede, los jueces Teresa Varela de Roura, Horacio Gianella y Gladis Marsala se juntaron un domingo a la tarde y decidieron hacer lugar a la medida de no innovar hasta tanto no se resuelva la cuestión de fondo, es decir, el amparo.

    Fue así que, el lunes por la mañana, uno de los abogados de la familia, Dante Vega, llegó junto a la madre de la chica deficiente mental al Hospital Lagomaggiore para que le practicaran la intervención quirúrgica, tal como habían prometido desde el Gobierno. Pero se encontraron con que uno de los jefes de guardia les hizo conocer los alcances del fallo de la Cámara Civil. Con el objetivo de que no pase más tiempo, debido a que la joven trascurre por la decimosegunda semana de gestación, presentaron un planteo ante la Corte “para que se verifique una situación de extrema gravedad institucional que torna procedente la máxima instancia judicial provincial”. Con la rápida resolución de los ministros, se puso punto final a la disputa judicial entre la ONG ultracatólica y la decisión de la familia, aunque, a partir de ahora, los médicos tendrán que decidir si el aborto es “ético o no”.