La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de dos productos alimentarios en todo el territorio argentino tras detectar irregularidades.

La disposición, publicada en el Boletín Oficial de este viernes, restringe la venta del “Suplemento dietario a base de café verde, té verde y goji, marca Súper Goji, elaborado por: TSA, RNE N° 21-068505″.

La autoridad regulatoria explicó que “el fruto de Goji no está contemplado por el Código Alimentario Argentino (CAA)”, por lo que también prohibió “todo suplemento dietario que como parte de su composición contenga” ese fruto.

Por otra parte, prohibió la comercialización del producto denominado “Bebida sin alcohol de extractos vegetales, marca: FAGUS 100% natural, cont. neto 500cc, RPPA 190036701, RPE 1900432, elaborado por Fagus, Productos Regionales Tucumán”.

La ANMAT indicó que “por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser fraccionado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9 de la Ley 18284”.

Fuente: Infobae.