La institución Centro de Investigaciones de la Problemática Familiar (Cideprof) de San Rafael manifestó su rechazo a una disertación ofrecida, en ese departamento, por la jueza Aída Kemelmajer de Carlucci, que es integrante de la Suprema Corte provincial. La clase se tituló Principios Procesales del Derecho de la Familia (Medidas tutelares) y tuvo lugar en el auditorio de los Tribunales de San Rafael. El repudio viene porque Kemelmajer votó en forma favorable cuando la Corte resolvió autorizar, hace pocos meses, un aborto a una joven discapacitada que había sido violada, causa conocida como el caso Claudia.

           La ONG señaló en un escrito que, además de respetar “la alta investidura de la visitante” y no desconocer “sus antecedentes intelectuales y académicos”, por la situación mencionada, “consideramos que, mediante dicho fallo, además de la flagrante violación de la ley natural que es el principio y fundamento de las leyes positivas, se ha eludido arbitrariamente la aplicación de normas concretas del derecho positivo vigente y aplicable al caso”.

           También expresan que “desconocemos a dicha magistrada autoridad moral y jurídica para ejercer la docencia y pronunciarse sobre temas que atañen al derecho de familia y, concretamente, a las medidas tutelares que tienden a amparar a los sujetos de esa disciplina y, en especial, a los más débiles y sobre quienes recae el principal cuidado de tutela de la legislación vigente”.

         Por último, la institución sanrafaelina sostuvo que la Sala primera de la Corte, en la sentencia que dio por el resonado caso, “dejó que primaran prejuicios ideológicos por encima del Derecho y, mediante la aplicación pretoriana del instituto excepcional del per saltum, sustrajo el caso a los jueces naturales de la causa para, de ese modo, facilitar el aborto y el consecuente asesinato de un inocente”. El comunicado finaliza en que hubo “un todo de acuerdo con las intenciones y directivas políticas impartidas desde el Gobierno de la Nación que, impúdicamente, festejó ese fallo criminal”.