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El Ministerio de Seguridad y Justicia de Mendoza formalizó la expulsión de un suboficial del Servicio Penitenciario que prestaba funciones en la Unidad de Recursos Humanos en Cacheuta, Luján de Cuyo.

La medida se tomó luego de comprobarse que el efectivo abandonó su puesto de trabajo de manera sostenida y sin presentar ninguna justificación legal.

Según la resolución, el ahora exefectivo comenzó a registrar inasistencias injustificadas desde el 8 de enero de 2024.

A pesar de las notificaciones enviadas a su correo oficial y a su domicilio real, el agente nunca retomó sus funciones ni presentó certificados que avalaran su ausencia. Ante esta situación, la Inspección General de Seguridad (IGS) inició un sumario administrativo.

La investigación interna fue tajante. Los informes de la Dirección General del Servicio Penitenciario confirmaron que el uniformado vulneró los principios básicos de su cargo. La Asesoría Jurídica de la IGS dictaminó que su conducta fue “reñida con los principios básicos que su investidura requiere”, habiendo infringido el Artículo 8° de la Ley N° 7493.

Durante el proceso, el imputado tuvo la oportunidad de ejercer su defensa en una audiencia indagatoria realizada en mayo de 2024, pero optó por abstenerse de declarar. Al no aportar pruebas que justificaran su accionar, la Junta de Disciplina y la Asesoría Letrada del Ministerio coincidieron en que la única sanción proporcional era la separación definitiva de la fuerza.

Los alcances de la sanción

La resolución firmada por la ministra Mercedes Rus establece:

  • Cesantía inmediata: la desvinculación total del sistema penitenciario provincial.
  • Investigación de haberes: se ordenó a la Dirección Principal de Administración verificar si el agente percibió salarios de forma irregular durante su ausencia para iniciar los trámites de restitución del dinero al Estado.
  • Vía judicial: se remitió una compulsa del sumario a la Unidad Fiscal Correccional por posible infracción al Artículo 252 del Código Penal.

El exsuboficial cuenta ahora con un plazo de 15 días hábiles para interponer recursos de revocatoria o jerárquicos, según lo establece la Ley de Procedimientos Administrativos de Mendoza.