La politización de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza (SCJM) es cada vez más evidente. La grieta entre los ministros filoradicales (Dalmiro Garay, presidente del cuerpo, José Valerio, Pedro Llorente y María Teresa Day) y aquellos más cercanos al justicialismo (Omar Palermo, Mario Adaro y Julio Gómez) se agrandó en los últimos días, con una serie de resoluciones y fallos que dejaron expuesta la fractura en el seno del máximo tribunal.

El epicentro de los cortocircuitos es la Sala Segunda (penal y laboral), que preside Adaro y completan Palermo y Valerio. Allí, por ejemplo, se instaló la semana pasada la polémica por el teletrabajo, que dejó en claro los puntos de vista contrarios que existen dentro del tribunal sobre este tema.

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Ahora, las diferencias explotaron tras los fallos firmados por Adaro y Palermo (Valerio está de licencia), que obligan al Gobierno y a la Legislatura a reincorporar a dos ex funcionarios de la gestión del justicialista Francisco Pérez que habían sido despedidos con la llegada del radicalismo al poder. Pero más allá de la resolución en sí, el punto más contundente de las sentencias fue la feroz crítica de los jueces del ala peronista contra Garay, a quien acusaron de abusar de las convocatorias al pleno de la Corte para resolver las causas que incomodan al oficialismo.

Los magistrados filoperonistas dejaron entrever que el presidente de la SCJM hace un “uso discrecional” del plenario. Se trata de una herramienta excepcional para que los siete integrantes del cuerpo decidan sobre un caso en particular. Con la actual conformación del máximo tribunal, el ala radical siempre impone su mayoría.

“Uso discrecional”

Raúl Gallardo, hermano de la senadora peronista Miriam Gallardo, demandó al Senado y al Gobierno para que se anule la resolución que lo dio de baja de su cargo de planta permanente en la Cámara Alta, por lo que solicitó su reincorporación en Clase 13.

Gallardo había sido nombrado como director, en enero de 2015 se le reservó un cargo en planta permanente y la ex vicegobernadora Laura Montero, en abril de 2016, dejó sin efecto su nombramiento.

La causa llegó a la Sala II de la Corte, que además de darle la razón a Gallardo, no atendió el pedido de Garay, que encomendó la resolución definitiva de la causa al Tribunal en pleno. El caso sirvió como disparador para que Palermo -fundamentalmente, como preopinante- y Adaro -que adhirió a las opiniones de su par- plantearan sus quejas a “una práctica que desde hace un tiempo se ha transformado en una constante en esta Suprema Corte de Justicia”.

En tal sentido, cuestionaron las convocatorias a dictados de fallos plenarios utilizados por el ex presidente del tribunal, Jorge Nanclares (ya jubilado), que se hicieron “más evidentes una vez producidos los cambios de composición de esta Suprema Corte de Justicia”. Es decir, con la llegada de Garay a la presidencia.

“La discrecionalidad se advierte no solo en las formas sino,…, en los tiempos en los que se plantea el llamado. En efecto, con la evidente finalidad de impedir que resuelva la actual composición de la sala II, con sus jueces naturales, e imponer el bloque hegemónico de la actual integración, se llama a resolver en pleno después de que los votos ya han sido presentados”, planteó Palermo.

“Tal modo de proceder, sin precedentes en la historia de nuestro Poder Judicial, no solo es de dudosa legalidad, sino que genera un grave daño a la institucionalidad de la provincia y a la legitimidad formal y material de las decisiones de esta corte”, agregó uno de los fundadores de la agrupación Justicia Legítima, vinculada al kirchnerismo.

Como ejemplo, Palermo menciona las denuncias del peronismo por la reelección de intendentes, que quedó limitada en la gestión de Alfredo Cornejo, y también denuncias realizadas por el Sindicato Unido de Trabajadores de la Educación (SUTE), que terminaron por resolverse en pleno.

“Este método sistemático de proceder no es inocente. En efecto, no puede desconocerse que la imposición de mayorías automáticas tiene como consecuencia un disciplinamiento de las instancias anteriores del Poder Judicial. Además, la problemática se profundiza si se tiene en cuenta que tanto Consejo de la Magistratura y el Jury de Enjuiciamiento cuenta con las mismas mayorías, sin que el sistema de remoción de jueces y juezas esté sometido a un régimen especial de mayorías que ofrezca garantías de independencia judicial”, añadió entre sus argumentos.

“Dicho brevemente, con la actual composición de estas instituciones basta la decisión oficial para que un juez o una jueza pueda ser destituido. Ello pone al Poder Judicial de Mendoza en la situación de mayor debilidad institucional que se conozca desde la restauración democrática en 1983”, denunció Palermo.

Además, indicó que las convocatorias para pronunciarse en pleno se realizan sin respetar la legislación vigente. “De otro modo, podría entenderse que ante un eventual resultado se busca, mediante el mecanismo de la convocatoria a Tribunal Pleno o a pronunciamiento Plenario, alterarlo. La afectación del juez natural en tales casos resulta evidente e inaceptable”, explicó en el fallo.

Por otra parte, señaló que los llamados a resolver en plenario carecen de los fundamentos que Garay invoca. Y que los llamados que hizo el presidente de la Corte para resolver los casos en cuestión son “extemporáneos”. Adaro adhirió a cada uno de los puntos esgrimidos por Palermo.

El otro caso resuelto por la Sala II está vinculado a la ex directora general de Regalías de la Administración Tributaria Mendoza (ATM), Alejandra Maradona, que también inició una acción procesal administrativa para ser reincorporada en el organismo.

Adaro y Palermo hicieron lugar a su reclamo. Incluso resolvieron que se le deberá pagar “las sumas adeudadas en concepto de remuneraciones dejadas de percibir desde la fecha de su separación y hasta la efectiva reincorporación”.