La Secretaría de Servicios Públicos llamó a concurso público para cubrir dos cargos de directores del Ente de la Movilidad Provincial (EMOP), a través de la resolución 70/2022 publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Ante la vacancia de uno de los puestos de director vocal por la renuncia de Manuel López González, vinculado al PRO, y en vistas de la próxima finalización del mandato del Francisco Rubén Losada, cercano al peronismo, en agosto de este año, Natalio Mema, titular de dicha secretaría, inició los trámites necesarios para designar a los reemplazantes.

“Convóquese a Concurso Público para cubrir el cargo de dos (2) Directores Vocales del Ente de la Movilidad Provincial (E.Mo.P.)”, dice la resolución.

Los postulantes para el ente que preside el radical Jorge Teves deberán reunir una serie de requisitos, entre ellos, contar con antecedentes técnicos y profesionales acreditados en materia de servicios públicos, preferentemente de las Ciencias Económicas, Sociales, de la Agrimensura y de la Ingeniería; y ser argentinos nativos o por opción, con residencia en Mendoza.

Los antecedentes serán recepcionados a partir de este miércoles hasta el 30 de junio, en la Mesa de Entradas de esta Secretaría de Servicios Públicos (Tiburcio Benegas 1.799, de Ciudad).

Dichos documentos serán presentados en sobre cerrado, consignando en el exterior el llamado a concurso y debiendo contener: nota de presentación del interesado, con firma aclarada de puño y letra, datos personales, teléfono fijo y celular, correo electrónico, domicilio real y legal, currículum Vitae que obra como declaración jurada, actualizado y firmado de puño y letra en cada hoja, fotocopia del DNI, título de grado y de toda aquella documentación que acredite los antecedentes invocados.

“Toda esta documentación deberá presentarse también digitalizada para su incorporación al expediente electrónico que a tal efecto se inicie”, destaca la resolución.

Los antecedentes serán remitidos a la Dirección General de Recursos Humanos, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado, “a fin de evaluar las habilidades y condiciones personales para ejercer cargos directivos que deben poseer los postulantes al concurso. Una vez evaluados todos los antecedentes de los postulantes, la referida Dirección elevará a la Comisión Ad-Hoc un listado de los postulantes preseleccionados y su correspondiente ponderación”, agrega.

En el texto se explica, respecto a los miembros del Directorio, que el presidente es elegido por el Poder Ejecutivo y su mandato no debe exceder el mandato del Gobernador que lo designó. En tanto, los dos vocales tienen que ser seleccionados por concurso público, por un período de cuatro años, que puede ser renovado por una única vez. Los tres deben contar con acuerdo de la Cámara Senadores.