A partir del martes 17 de agosto volverá la presencialidad total al Poder Judicial. Esto quedó establecido en la acordada N° 30.183 del máximo tribunal.

“Están dadas las condiciones para que todo el personal trabaje de manera presencial en Tribunales”, explicó el presidente de la Suprema Corte, Dalmiro Garay.

De este modo volverán a la actividad presencial todos los agentes, funcionarios y magistrados que trabajen en el Poder Judicial y que hayan recibido al menos una dosis de cualquiera de las vacunas contra el coronavirus. También están obligados, aquellos que pudiendo acceder a la inoculación, hayan decidido no hacerlo, “con independencia de su edad y condición de riesgo”.

Para esto los administradores, secretarios y responsables de las oficinas deberán tomar los recaudos para dar cumplimientos a los protocolos de distanciamiento y bioseguridad. En caso de ser necesario deberán coordinar los horarios con el personal.

Por su parte, los empleados deberán informar, con carácter de declaración jurada, si han recibido la primera o segunda dosis de las vacunas contra el COVID 19. También deberán argumentar los motivos en caso de no haber accedido a la inoculación.

Exceptuados de la actividad presencial

  • Personas con Inmunodeficiencias: Congénitas, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave. VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable).
  • Personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días).
  • Pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa; con tumor de órgano sólido en tratamiento, trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.
  • Personas Embarazadas que lo soliciten.