El gobierno provincial estableció el cronograma anual orientativo para realizar la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) de vehículos automotores y motos en los talleres habilitados por la Nación, con el objetivo de que la exigencia del certificado para circular opere a partir de enero de 2022.

El sistema se basa en ordenar los vehículos según el último dígito de finalización de cada patente:

  • Patentes terminadas en 3, desde el 01 hasta el 31 de marzo.
  • Patentes terminadas en 4, desde el 01 hasta el 30 de abril.
  • Patentes terminadas en 5, desde el 01 hasta el 31 de mayo.
  • Patentes terminadas en 6, desde el 01 hasta el 30 de junio.
  • Patentes terminadas en 7, desde el 01 hasta el 31 de julio.
  • Patentes terminadas en 8, desde el 01 hasta el 31 de agosto.
  • Patentes terminadas en 9, desde el 01 hasta el 30 de setiembre.
  • Patentes terminadas en 0, desde el 01 hasta el 31 de octubre.
  • Patentes terminadas en 1, desde el 01 hasta el 30 de noviembre.
  • Patentes terminadas en 2, desde el 01 hasta el 31 de diciembre.

Según establece la resolución 10 de la Dirección de Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, “los meses de enero y febrero serán de libre disponibilidad”.

Además, destaca que el cronograma tendrá vigencia “año a año, salvo que sea necesaria su modificación por situaciones excepcionales o causas de fuerza mayor”.

La publicación oficial también sostiene que los centros de RTO habilitados deberán tener plenamente operativo un sitio web para la entrega de turnos a partir de 17 de febrero. Y deberán “disponer de turnos para los casos de revisiones que arrojen los resultados condicional o rechazado, también para el caso en que se realice la Revisión Técnica en un mes distinto al asignado, y para usuarios que requieran la revisión por urgencia, teniendo siempre en cuenta que la prioridad será para los usuarios a quienes les corresponda el turno por mes calendario”.

En otro artículo, la resolución determina que la Policía Vial y los Cuerpos Municipales de Tránsito “podrán labrar las correspondientes actas de infracción por carencia de Revisión Técnica Obligatoria a partir del mes de enero del año 2022″.

Sin embargo la habilitación de las multas están condicionadas a una evaluación por parte de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial del porcentaje del parque automotor revisado. Además estarán exceptuadas las localidades en las cuales no se hubieren instalado talleres de RTO y el centro más cercano se encontrara a una distancia de más de 80 kilómetros.